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Documento BORME-C-2015-1374

RODRÍGUEZ CALDERÓN REPRESENTACIONES
Y EXCLUSIVAS, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CALDERÓN PATRIMONIAL, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 51, páginas 1615 a 1615 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-1374

TEXTO

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, "LME"), se hace público que, en ejercicio de las competencias que le son propias, los socios de "Rodríguez Calderón Representaciones y Exclusivas S.A." (Sociedad absorbente), reunidos en Junta general universal, celebrada el 13 de febrero de 2015 en el domicilio social, acordaron la fusión de la compañía con "Calderón Patrimonial, S.L.U." (Sociedad absorbida), mediante la absorción de "Calderón Patrimonial, S.L.U." (Sociedad absorbida) por "Rodríguez Calderón Representaciones y Exclusivas, S.A." (Sociedad absorbente) sobre la base del proyecto común de fusión de 22 de diciembre de 2014. En consecuencia, "Rodríguez Calderón Representaciones y Exclusivas, S.A." (Sociedad absorbente) adquiere en bloque, por sucesión universal, el patrimonio, derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, que queda disuelta sin liquidación, habiéndose aprobado asimismo los Balances de fusión de ambas compañías, cerrados a 30 de septiembre de 2014.

Se hace constar a los efectos de lo previsto en el artículo 49 de la LME, que el socio único de "Calderón Patrimonial, S.L.U." (Sociedad absorbida) es "Rodríguez Calderón Representaciones y Exclusivas, S.A" (Sociedad absorbente).

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley, al haberse adoptado en Junta universal y por decisión unánime de todos los socios con derecho a voto.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores que son parte en las operaciones de fusión, de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión. Asimismo, los socios y acreedores de las sociedades que participan en la fusión cuyo crédito haya nacido antes de la fecha de publicación del acuerdo de fusión, podrán oponerse a la fusión, dentro del plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, en los términos previstos en los artículos 43 y 44 de la LME.

Santa Eulalia del Río, 23 de febrero de 2015.- Doña María Isabel Madrid Civera, Administradora única de "Rodríguez Calderón Representaciones y Exclusivas, S.A." y Administradora única de "Calderón Patrimonial, S.L.U.".

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