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Documento BORME-C-2015-2030

EMPRESA PÚBLICA DE GESTIÓN DE ACTIVOS, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SOCIEDAD DE GESTIÓN, FINANCIACIÓN E INVERSIÓN PATRIMONIAL, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 66, páginas 2507 a 2507 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-2030

TEXTO

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo "LME") se hace público que el Accionista Único común de las sociedades SOGEFINPA (sociedad absorbida), y EPGASA (sociedad absorbente), ejerciendo las competencias de la Junta General de EPGASA, ha adoptado con fecha 26 de marzo de 2015, la decisión de aprobar la fusión por absorción de SOGEFINPA por parte de EPGASA, con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente.

Resulta aplicable el régimen de fusión simplificada previsto en el artículo 49 de la LME, por remisión del artículo 52.1 del mismo texto legal, al tratarse de una fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas de forma directa por el mismo socio. Por tanto, no ha sido necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el Proyecto de Fusión de las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y 10ª del artículo 31 de la LME, (ii) los informes de Administradores y expertos sobre el Proyecto de Fusión, (iii) el aumento de capital de la sociedad absorbente y, (iv) la aprobación de la fusión por la Junta General de la sociedad absorbida.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado por los Consejos de Administración de las dos sociedades participantes en la operación, de fecha 19 de diciembre de 2014, depositado en el Registro Mercantil de Sevilla el 15 de enero de 2015.

Habiéndose adoptado los acuerdos de fusión por decisión unánime del accionista único de cada una de las sociedades participantes en la fusión, de acuerdo con el artículo 42 de la LME, el acuerdo fue adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley, no obstante los mismos estuvieron previamente a disposición de los representantes de los trabajadores en el domicilio social de EPGASA y de SOGEFINPA.

De conformidad con el artículo 43 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de EPGASA y SOGEFINPA a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión y del balance de fusión de cada una de las sociedades.

Los acreedores de la Sociedad Absorbida y de la Sociedad Absorbente podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, de acuerdo con el artículo 44 de la LME.

Sevilla, 26 de marzo de 2015.- Por Sociedad de Gestión, Financiación e Inversión Patrimonial, S.A.U. don Antonio Cervera Guerrero, Consejero del Consejo de Administración y por la Empresa Pública de Gestión de Activos, S.A.U., doña Belén Serrano Peragón, Consejera del Consejo de Administración.

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