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Documento BORME-C-2015-2320

NET CARTERA 2001, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
NET CARTERA 2001, S.L.
NET CARTERA EXPLOTACIONES, S.L.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 72, páginas 2856 a 2856 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-2320

TEXTO

Anuncio de escisión total.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 43, 69, 73 y 78 bis de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de Socios de Net Cartera 2001, S.L. acordó, por unanimidad, el día 14 de abril de 2015 aprobar la escisión total de Net Cartera 2001, S.L. ("Sociedad Escindida") la cual en virtud de la escisión proyectada, se extinguirá vía disolución sin liquidación con el consiguiente traspaso de la totalidad de su patrimonio social, a favor de las dos sociedades beneficiarias de nueva creación, Net Cartera 2001, S.L. (en virtud del artículo 418 del Reglamento del Registro Mercantil una de las sociedades beneficiarias adoptará como denominación la de la Sociedad Escindida) y Net Cartera Explotaciones, S.L.

Las Sociedades Beneficiarias adquirirán por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones integrantes del citado patrimonio de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 69 LME. Como consecuencia de la Escisión, los socios de la Sociedad Escindida recibirán, a cambio, un número de participaciones de las Sociedades Beneficiarias proporcional a su participación en el capital social de la Sociedad Escindida.

Se hace constar que, por aplicación del 78.bis de la LME no ha sido preciso elaborar Balance de escisión ni el informe de los administradores sobre el Proyecto de Escisión, ni el nombramiento de expertos independientes.

Asimismo se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y se informa a los acreedores de que podrán oponerse a la escisión total, durante el plazo de un mes contado desde la publicación del último anuncio de escisión total, conforme a lo establecido en los artículos 43 y 44 de la LME, por remisión del artículo 73 de la misma ley.

Valencia, 14 de abril de 2015.- El Administrador único de la sociedad escindida totalmente, Juan Antonio de la Torre Sánchez.

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