Reducción de capital social para atender las solicitudes de conversión de acciones Clase A en acciones Clase B de la Sociedad.
En cumplimiento del artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se comunica que la Junta General Extraordinaria de accionistas de Abengoa, S.A. ("Abengoa" o la "Sociedad"), en su reunión de 30 de septiembre de 2012, y a los efectos de permitir el ejercicio del derecho de conversión voluntaria de las acciones clase A en acciones clase B previsto en el artículo 8 de los Estatutos Sociales, acordó reducir el capital social de Abengoa por disminución del valor nominal de un número a determinar de acciones de la clase A en 0,99 euros por acción, mediante la constitución de una reserva indisponible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 335 c) de la Ley de Sociedades de Capital con integración de las acciones cuyo valor nominal se reduzca por su transformación en acciones clase B.
Asimismo, en ejercicio de la delegación de facultades conferidas en su favor por la referida Junta General y el Consejo de Administración con fecha 15 de septiembre de 2014, entre otros, el Secretario del Consejo de Administración, D. Daniel Alaminos Echarri, determinó el número concreto de acciones afectadas por la conversión correspondientes al periodo parcial de conversión iniciado el día 16 de enero de 2015 y cerrado el día 15 de abril de 2015, ambos inclusive, ejecutando parcialmente el acuerdo de reducción de capital en un importe de cuatrocientos cincuenta y cinco mil doscientos cincuenta y ocho euros con cuarenta y tres céntimos de euro (€455.258,43) mediante la reducción del valor nominal de cuatrocientas cincuenta y nueve mil ochocientas cincuenta y siete (459.857) acciones de clase A (las "Acciones Afectadas por la Conversión"), cuyo valor nominal pasará de un (1) euro por acción a un céntimo de euro (0,01€) por acción, destinándose los noventa y nueve céntimos de euro (0,99€) por acción restantes a la constitución de una reserva indisponible de las previstas en el artículo 335.1.c) de la Ley de Sociedades de Capital.
Como consecuencia de esta reducción de capital, las Acciones Afectadas por la Conversión pasan a tener un céntimo de euro (0,01€) de valor nominal, integrándose, sin ser amortizadas o canjeadas y sin solución de continuidad, dentro de la clase B, siendo acciones Clase B a todos los efectos desde el momento en que el acuerdo de reducción de capital quede inscrito en el Registro Mercantil (las "Nuevas Acciones Clase B").
Por consiguiente, quedó ejecutado parcialmente el acuerdo de reducción de capital aprobado por la junta general extraordinaria de accionistas celebrada con fecha 30 de septiembre de 2012.
Modificación del artículo 6 de los Estatutos Sociales: Como resultado de lo anterior, se dio nueva redacción al artículo 6 de los estatutos sociales para reflejar la nueva cifra del capital social, que, una vez quede inscrita la reducción de capital, será de noventa y un millones doscientos sesenta y un mil setecientos sesenta y tres Euros con cuarenta y tres céntimos de euro (€91.261.763,43) representado por ochocientos treinta y nueve millones setecientas sesenta y nueve mil setecientas veinte (839.769.720) acciones íntegramente suscritas y desembolsadas, pertenecientes a dos clases distintas:
- Ochenta y tres millones setecientas un mil setenta y siete acciones (83.701.077) pertenecientes a la clase A de un (1) euro de valor nominal cada una, pertenecientes a la misma clase y serie, que confieren cada una de ellas cien (100) votos y que son las acciones clase A (las "Acciones clase A").
- Setecientas cincuenta y seis millones sesenta y ocho mil seiscientas cuarenta y tres acciones (756.068.643) pertenecientes a la clase B de un céntimo (0,01) de euro de valor nominal cada una, pertenecientes a la misma clase y serie, que confieren cada una de ellas un (1) voto y que son acciones con los derechos económicos privilegiados establecidos en el artículo 8 de estos estatutos (las "Acciones clase B" y, conjuntamente con las acciones clase A, las "Acciones con Voto").
Derecho de oposición de acreedores: En virtud de lo dispuesto en el artículo 335.(c) de la Ley de Sociedades de Capital, los acreedores no gozan de derecho de oposición a la presente operación de reducción de capital.
Derechos políticos y económicos. Las Nuevas Acciones Clase B confieren a sus titulares, a partir de la fecha de la inscripción de la reducción de capital social en el Registro Mercantil, los derechos y obligaciones contemplados en los estatutos de la Sociedad para este tipo de acciones. En particular, los titulares de las Nuevas Acciones Clase B tendrán derecho a percibir los dividendos, cantidades a cuenta de dividendo y dividendos complementarios, u otras distribuciones que se acuerden satisfacer a partir de dicha fecha.
Admisión a negociación. Está previsto que las Nuevas Acciones Clase B sean admitidas a negociación en las Bolsas de Valores de Madrid y Barcelona, para lo que se llevarán a cabo las actuaciones que sean precisas de conformidad con lo previsto en la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, y su normativa de desarrollo.
Sevilla, 17 de abril de 2015.- Daniel Alaminos Echarri, Secretario del Consejo de Administración.
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