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Documento BORME-C-2015-2633

REDEXIS GAS, S.A.
(SOCIEDAD SEGREGADA)
REDEXIS INFRAESTRUCTURAS, S.L.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 76, páginas 3239 a 3239 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-2633

TEXTO

Anuncio de segregación.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), por remisión expresa del artículo 73 del mismo texto legal, se hace público que Redexis Gas, S.A., por acuerdo de la Junta General de Accionistas, y Redexis Infraestructuras, S.L.U. por acuerdo de su socio único Redexis Gas, S.A., han adoptado el día 22 de abril de 2015, respectivamente, el siguiente acuerdo:

La segregación de Redexis Gas, S.A. en beneficio de Redexis Infraestructuras, S.L.U., sin extinción de la primera, de la transmisión en bloque de la parte de su patrimonio social consistente en todos aquellos elementos patrimoniales afectos a la actividad de transporte primario, a Redexis Infraestructuras, S.L.U., que adquirirá por sucesión universal, la totalidad de los elementos personales, materiales, derechos y obligaciones (incluyendo sin limitación derechos de cobro, indemnizaciones por seguro y otros conceptos, suplidos y posiciones activas y pasivas en procedimientos administrativos y judiciales, y posiciones contractuales) del patrimonio segregado.

La segregación ha sido aprobada conforme al proyecto común de segregación redactado y suscrito conjuntamente por el Consejo de Administración de Redexis Gas, S.A. y el Administrador único de Redexis Infraestructuras, S.L.U.

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la LME, se hace constar:

1. El derecho que asiste a los accionistas, acreedores, obligacionistas, titulares de derechos especiales y representantes de los trabajadores de las sociedades participantes en la segregación a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de segregación aprobados por cada una de las citadas sociedades, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales.

2. El derecho que asiste a los acreedores y obligacionistas de cada una de las sociedades participantes en la segregación de oponerse a la misma en los términos establecidos en el artículo 44 de la LME, durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del presente anuncio.

Madrid, 22 de abril de 2015.- El Secretario no consejero del Consejo de Administración de Redexis Gas, S.A., Ignacio Pereña Pinedo y el Administrador único de Redexis Infraestructuras, S.L.U., Fernando Bergasa Cáceres.

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