A efectos de lo previsto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta general extraordinaria universal de Joca Ingeniería y Construcciones, Sociedad Anónima (en adelante la Sociedad) celebrada el pasado 5 de diciembre de 2014, acordó reducir el capital social en 388.310 euros, desde la cifra de 3.883.100 euros, a la cifra de 3.494.790 euros, mediante la amortización de 5.974 acciones que posee la sociedad en autocartera con un valor nominal de 65 euros por acción, y que fueron adquiridas en base a lo autorizado en su momento por la Junta general extraordinaria de accionistas, todo ello mediante la adopción, por unanimidad, del siguiente acuerdo de reducción de capital social que a continuación se transcribe:
Se acuerda por unanimidad, renunciando los socios al derecho de adquisición preferente, y de acuerdo con lo estipulado en el artículo Siete bis de los Estatutos sociales, una reducción del Capital social desde la cifra de 3.883.100 euros a la cifra de 3.494.790 euros mediante la amortización de 5.974 acciones que posee en autocartera con un valor nominal de 65 euros por acción y que han sido adquiridas en base a lo autorizado en su momento por la Junta general de accionistas.
En consecuencia, una vez ejecutado el acuerdo de reducción, el artículo Siete de los Estatutos sociales quedará redactado de la siguiente manera:
"a) Capital social: El capital social, que está totalmente suscrito y desembolsado, es de tres millones cuatrocientos noventa y cuatro mil setecientos noventa euros (3.494.790 euros).
b) Acciones: Dicho capital está dividido en cincuenta y tres mil setecientas sesenta y seis (53.766) acciones nominativas, de clase y serie única, de sesenta y cinco euros (65) de valor nominal cada una de ellas, totalmente desembolsadas, y numeradas del uno (1) al once mil novecientos cuarenta y ocho (11.948), del catorce mil novecientos treinta y seis (14.936) al veinte mil novecientos nueve (20.909) y veintitrés mil ochocientos noventa y siete (23.897) al cincuenta y nueve mil setecientos cuarenta (59.740).
Las acciones están representadas por medio de títulos, que podrán ser unitarios o múltiples."
Esta reducción de capital se realizará con cargo a reservas voluntarias. La reducción no entraña devolución de aportaciones por ser la propia Sociedad la titular de las acciones amortizadas. Por tanto, la finalidad de la mencionada reducción será amortizar acciones propias.
Con el objeto de no aplicar el derecho de oposición que se contempla en el artículo 334 de la Ley de Sociedades de Capital y en aplicación del artículo 335 c) de ese mismo Texto Legal, el importe del valor nominal de las acciones amortizadas se destina a una reserva por capital amortizado de la que sólo será posible disponer con los mismos requisitos que los exigidos para la reducción del Capital Social.
El plazo de ejecución de la reducción se establece en un máximo de tres meses, para elevar a público los presentes acuerdos y la presentación en el Registro Mercantil de Badajoz de la correspondiente escritura pública para su inscripción.
Badajoz, 8 de enero de 2015.- El Administrador único, D. Gonzalo Francisco López Martínez.
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