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Documento BORME-C-2015-368

PROMOCIONES Y CONCIERTOS INMOBILIARIOS, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
AGRUVA, S.L., UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 14, páginas 404 a 404 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-368

TEXTO

Anuncio de Fusión por Absorción

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, se hace público que los órganos de administración de "Promociones y Conciertos Inmobiliarios, S.A." y "Agruva, S.L., Unipersonal", mediante el procedimiento establecido en los artículos 49 y 51 de la misma Ley, han aprobado por unanimidad con fecha 9 de enero de 2015, la fusión por absorción impropia de "Agruva, S.L., Unipersonal" por "Promociones y Conciertos Inmobiliarios, S.A.", conforme a lo dispuesto en el proyecto de fusión suscrito por los órganos de administración de ambas sociedades el 24 de noviembre de 2014 y anunciado en forma en las respectivas página web de ambas compañías, extinguiéndose y disolviéndose sin liquidación la sociedad absorbida, transmitiendo en bloque su patrimonio social a la sociedad absorbente, y en consecuencia la absorbente se subroga en todos los derechos y obligaciones de la absorbida, sin limitación alguna, tomando el día 30 de septiembre de 2014, como fecha a partir de la cual las operaciones que se realicen por la sociedad absorbida se considerarán computables, a efectos contables, en la sociedad absorbente.

La fusión se acordó con la aprobación de los respectivos Balances de fusión de 30 de septiembre de 2014, sin modificaciones de capital, y sin conceder ventajas especiales a los miembros de los órganos de administración, ni a los expertos independientes, quedando subrogada la absorbente en todas las relaciones jurídicas y económicas de la sociedad absorbida.

De conformidad con lo previsto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades afectadas de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión de ambas sociedades y que asimismo a los acreedores de las sociedades fusionadas les asiste el derecho de oposición a la fusión, durante el transcurso de un mes, contado desde la fecha del último anuncio de los acuerdos de fusión adoptados, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril.

Madrid, 12 de enero de 2015.- Por el órgano de administración de "Promociones y Conciertos Inmobiliarios, S.A." Tenedora Michigan 42, S.L., Presidenta del Consejo de Administración y en su representación Susana García-Cereceda López.- Por el órgano de administración de "Agruva, S.L., Unipersonal" Francisco Lorenzo Peñalver Sánchez, Administrador único.

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