Contido non dispoñible en galego
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 43 y 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que el socio único de Avinatur Sur Producciones Avícolas, S.L.U. (la "Sociedad Absorbente"), ejerciendo las funciones de Junta General de dicha mercantil al amparo de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley de Sociedades de Capital, ha decidido en fecha 8 de mayo de 2015 la fusión por absorción de las mercantiles Avigenil, S.L.U. y Avícola Jímper, S.L.U. (las "Sociedades Absorbidas") en los términos establecidos en el proyecto común de fusión de fecha 6 de mayo de 2015 (el "Proyecto de Fusión").
La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de las Sociedades Absorbidas a la Sociedad Absorbente (las "Sociedades a Fusionar") y la disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas, circunstancia que conllevará la extinción de las mismas.
En la medida en que las Sociedades a Fusionar son sociedades de responsabilidad limitada y que el acuerdo de fusión ha sido adoptado por el socio único de la Sociedad Absorbente, la fusión se ha acordado sin necesidad de publicar o depositar los documentos exigidos por la ley y sin informe de los administradores sobre el Proyecto de Fusión.
Asimismo, dado que la Sociedad Absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de las Sociedades Absorbidas, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.1.4.º LME, se hace constar que la operación de fusión ha sido únicamente decidida por el socio único de la Sociedad Absorbente sin que haya sido necesario contar con la aprobación de la operación de fusión por el socio único de las Sociedades Absorbidas.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las Sociedades a Fusionar de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión.
Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades a Fusionar de oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.
Valencia, 8 de mayo de 2015.- El Administrador Único de Avinatur Sur Producciones Avícolas, S.L.U., "Avinatur Producciones Avícolas, S.L.U.", en su nombre y representación, D. José Baringo Gómez. El Administrador Único de Avigenil, S.L.U., "Avinatur Sur Producciones Avícolas, S.L.U.", en su nombre y representación, D. José Baringo Gómez. El Administrador Único de Avícola Jimper, S.L.U., "Avinatur Sur Producciones Avícolas, S.L.U.", en su nombre y representación, D. José Baringo Gómez.
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