Contido non dispoñible en galego
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se publica que en Junta General Universal de la Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A., celebrada el 27 de abril de 2015, el socio único aprobó la fusión, por absorción, de la misma con la sociedad íntegramente participada INFRAESTRUCTURAS TURÍSTICAS DE ANDALUCÍA, S.A., con disolución sin liquidación de la absorbida y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la sociedad absorbente, sin ampliación del capital social de esta por ser titular directo del 100 por 100 del capital social de la sociedad absorbida conforme a los artículos 42 y 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles. Se hace constar el derecho de los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y Balances de Fusión, así como el derecho de los acreedores de las mismas a oponerse a la fusión, conforme al artículo 44 de la Ley 3/2009 indicada, en el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de fusión.
Málaga, 8 de mayo de 2015.- José Francisco Pérez Moreno. Consejero Delegado de la Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A.
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