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Documento BORME-C-2015-5553

INMOBILIARIA DURÁN GÓMEZ, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 96, páginas 6667 a 6667 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2015-5553

TEXTO

En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 319 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se hace publico que la Junta General Ordinaria de accionistas de INMOBILIARIA DURAN GÓMEZ, S.A., celebrada el 20 de Junio de 2014, acordó por unanimidad reducir el capital social en 628.800 € mediante la amortización de 24.000 acciones, números: 312/1.524; 3.049/4.576; 7.077/9.821; 13.053/13.885; 14.719/16.385; 17.290/17.774; 21.527/25.763; 27.252/28.501; 30.477/30.707; 30.938/31.685; 32.042/32.229; 33.063/33.750; 34.044/34.051; 34.060/34.125; 34.314/37.761; 39.449/41.915; 42.130/43.195; 53.745/54.022; 54.416/55.042; 55.439/55.478; 55.756/55.798; 56.994/57.129; 57.384/57.391; de 26,20 € de valor nominal cada una de ellas, pertenecientes a la autocartera de acciones propias, adquiridas por la sociedad en virtud de la autorización de la Junta General Ordinaria de Accionistas celebrada el 28 de Junio de 2.011, de tal forma que la reducción será de 628.800 € con cargo a capital social, 273.416,76 € con cargo a prima de emisión y 597.060,04 € con cargo a reservas voluntarias, fijándose un plazo para su ejecución de doce meses.

Como consecuencia de la reducción el capital social se fija en 854.775 €, representado por 32.625 acciones nominativas de 26,20 € nominales cada una, numeradas del 1/311; 1.525/3.048; 4.577/7.076; 9.822/13.052; 13.886/14.718; 16.386/17.289; 17.775/21.526; 25.764/26.541; 28.502/30.476; 30.708/30.937; 31.686/32.041; 32.230/33.062; 33.751/34.043; 34.052/34.059; 34.126/34.313; 37.762/39.448; 41.916/42.129; 43.196/53.744; 54.023/54.415; 55.043/55.438; 55.479/55.755; 55.964/56.993; 57.130/57.383 y 57.392/57.500, todos inclusive, que se encuentran totalmente suscritas y desembolsadas, modificándose en los citados términos el artículo 6 de los estatutos sociales.

La reducción no entraña devolución de aportaciones por ser la propia Sociedad la titular de las acciones amortizadas. Por tanto, la finalidad de la mencionada reducción será amortizar acciones propias.

La reducción del capital social mediante la amortización de acciones propias, se efectúa sin exclusión del derecho de oposición de acreedores. Los acreedores de la sociedad tendrán el derecho a oponerse a la reducción en los términos y plazos previstos en los artículos 334 y 336 de la Ley de Sociedades de Capital.

Se acuerda por unanimidad facultar indistintamente al Secretario del Consejo y al Presidente del Consejo, tan ampliamente como sea preciso, para la ejecución del presente acuerdo pudiendo determinar aquellos extremos que no hayan sido fijados expresamente en el mismo, y para que comparezca cualquiera de ellos ante Notario para su elevación a público y para que subsanen o completen tal acuerdo, el acta del mismo, la escritura o la certificación en el sentido que indique la calificación verbal o escrita del Registro Mercantil, y todo ello, aunque incurran en autocontratación.

Vigo, 12 de mayo de 2015.- Restauración Rías Bajas, S.L., representada por don Andrés Corbal Durán, Consejero-Delegado.

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