Edukia ez dago euskaraz

Zu hemen zaude

Documento BORME-C-2015-6501

KLEINDL REAL ESTATE, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
KOMM INVESTMENT HISPANIA, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 105, páginas 7800 a 7800 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-6501

TEXTO

A los efectos previstos en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante "LME") y el Reglamento del Registro Mercantil, se hace público que, con fecha de 2 de marzo de 2015, los socios de "KLEINDL REAL ESTATE, S.L." (B-84883982) y el socio único de "KOMM INVESTMENT HISPANIA, S.L.U." (B-83615500), en ejercicios de las competencias de la Junta General, han decidido llevar a cabo, después de aprobar un proyecto común de fusión (en adelante, el "Proyecto") y el respectivo balance de fusión, la fusión por absorción de "KOMM INVESTMENT HISPANIA, S.L.U." por parte de "KLEINDL REAL ESTATE, S.L." (en adelante, la "Fusión"), de acuerdo con el Proyecto elaborado y suscrito por los Administradores de las Sociedades participantes en la Fusión.

La Fusión supondrá la disolución y extinción sin liquidación de la Sociedad absorbida, y el traspaso en bloque a la sociedad absorbente del patrimonio íntegro de la Sociedad absorbida a título de sucesión universal.

Se hace constar que, de conformidad con el artículo 42 LME, ni el Proyecto, ni el resto de documentos relativos a la Fusión han sido publicados o depositados en el Registro Mercantil de Madrid, por haber sido aprobada la Fusión por la junta universal de la sociedad absorbente y por el socio único de la sociedad absorbida, estructurándose por ello como una fusión por absorción mediante acuerdo unánime de fusión.

Por otro lado, los socios de las Sociedad participantes en la Fusión han acordado optar por que la misma se acoja al régimen tributario especial contemplado en el Capítulo VII del Título VII del Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004.

Se hace del mismo constar, a los efectos oportunos, el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades participantes en la Fusión, de obtener en el domicilio social, o de solicitar el envío gratuito, del texto integro de los acuerdos adoptados, los balances de fusión y demás documentos, así como el derecho que corresponde a los acreedores sociales de dichas Sociedades de oponerse a la fusión en los términos previstos en el artículo 44 de la LME, en el plazo de un (1) mes a partir de la publicación de este anuncio.

Las Rozas, 2 de junio de 2015.- Michael Paul Kleindl, Administrador único.

subir

Estatuko Aldizkari Ofiziala Estatu Agentzia

Manoteras Etorb., 54 - 28050 Madril