Está Vd. en

Documento BORME-C-2015-6963

BORGES INTERNATIONAL GROUP, S.L.
SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
INVERSIONES PATRIMONIALES TORDERA, S.L.
SOCIEDAD UNIPERSONAL
NOU REUS DESENVOLUPAMENTS IMMOBILIARIS, S.L.
SOCIEDAD UNIPERSONAL
ACTIVOS INMOBILIARIOS SANTA MARÍA, S.L.
SOCIEDAD UNIPERSONAL
ACTIVOS MOBILIARIOS E INMOBILIARIOS MAS DE COLOM, S.L.
SOCIEDAD UNIPERSONAL
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 113, páginas 8325 a 8326 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-6963

TEXTO

Anuncio de fusión

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de Borges International Group, S.L., Sociedad Unipersonal (Sociedad Absorbente) y el socio único de Inversiones Patrimoniales Tordera, S.L., Sociedad Unipersonal, Nou Reus Desenvolupaments Immobiliaris, S.L., Sociedad Unipersonal, Activos Inmobiliarios Santa María, S.L., Sociedad Unipersonal y Activos Mobiliarios e Inmobiliarios Mas de Colom, S.L., Sociedad Unipersonal (Sociedades Absorbidas), acordó en fecha 29 de mayo de 2015, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción de Inversiones Patrimoniales Toredera, S.L., Sociedad Unipersonal, Nou Reus Desenvolupaments Immobiliaris, S.L., Sociedad Unipersonal, Activos Inmobiliarios Santa María, S.L., Sociedad Unipersonal y Activos Mobiliarios e Inmobiliarios Mas de Colom, S.L., Sociedad Unipersonal por parte de Borges International Group, S.L., Sociedad Unipersonal, con la consiguiente disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas y atribución de su patrimonio íntegro a la Sociedad Absorbente, en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por los órganos de administración de dichas sociedades. Sin perjuicio de que de conformidad con el artículo 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, no era necesario proceder a la aprobación de la fusión por parte de la Junta General de las Sociedades Absorbidas, se ha considerado oportuno hacerlo. En la medida en que han resultado de aplicación los artículos 42 y 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, no ha sido necesario elaborar informe de los administradores ni expertos sobre el proyecto de fusión. Se hace constar expresamente, conforme lo establecido en el citado artículo 43 del citado precepto legal, el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de la fusión. Se deja constancia del derecho de los acreedores de dichas sociedades que se encuentren en el supuesto del artículo 44 de la Ley de Modificaciones Estructurales a oponerse a la fusión en los términos del citado precepto, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión.

Reus y Tárrega, 29 de mayo de 2015.- El Secretario del Consejo de Borges International Group, S.L., Sociedad Unipersonal; Gestió de Participacions i Actius Immobiliaris Asia, S.L., don Ángel Segarra i Ferré. El Administrador único de Nou Reus Desenvolupaments Immobiliaris, S.L., Sociedad Unipersonal; Inversiones Patrimoniales Tordera, S.L., Sociedad Unipersonal don David Prats Palomo. El Secretario del Consejo de Inversiones Patrimoniales Tordera, S.L., Sociedad Unipersonal; Serveis Empresarials Pont Pujol, S.L., don Ramón Pont Pujol. El Administrador único de Activos Inmobiliarios Santa María, S.L., Sociedad Unipersonal, don David Prats Palomo. El Administrador único de Activos Mobiliarios e Inmobiliarios Mas de Colom, S.L., Sociedad Unipersonal, don David Prats Palomo.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid