En cumplimiento de lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedad Mercantiles ("LME"), se hace público que la Junta general extraordinaria y universal de la sociedad "Ainur Trabajos Verticales, S.L." (sociedad parcialmente escindida) celebrada el 20 de diciembre de 2014, acordó, por unanimidad, la escisión parcial sin extinción de la Sociedad mediante la transmisión y traspaso en bloque de una parte de su patrimonio que constituye una unidad económica autónoma a la sociedad beneficiaria y de nueva creación "Loudenvielle, S.L.".
En cumplimiento de los artículos 43 y 44 de la LME se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de la sociedad a obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión adoptado y a oponerse a la escisión parcial con los efectos legalmente previstos en el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio del acuerdo de escisión parcial.
Zaragoza, 11 de febrero de 2015.- El Administrador único de Ainur Trabajos Verticales, S.L., D. Sergio García Domínguez.
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