Procedimiento ordinario 482/11.
Edicto.
Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid.
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución Sentencia número 89/14 en fecha 13 de Febrero de 2014, cuyo fallo del tenor literal siguiente:
Fallo:
Estimar Parcialmente la demanda interpuesta por la representación procesal de don Óscar Amrein Hunkeler contra Solar Andaluz 2006, S.L., don Frank Schumm, don Joachim Kruck y doña Mafalda Soto Cebollero, declarar la nulidad de pleno derecho de todos los acuerdos adoptados en las Juntas Generales de Socios de la compañía Solar Andaluz 2.006, S.L., con fechas 22 de octubre de 2007, 30 de junio de 2008, 30 de diciembre de 2010 y 28 de enero de 2011, especificados en el fundamento de derecho 1 de esta resolución.
Desestimar el resto de las pretensiones de la demanda y, concretamente, las que hacían referencia a la nulidad de los acuerdos adoptados en el resto de las juntas especificadas en el petitum de la demanda.
Desestimar la pretensión dirigida contra don Frank Schumm, don Joachim Kruck, y doña Mafalda Soto Cebollero.
Acordar la inscripción de la sentencia firme en el Registro Mercantil y, en extracto, en el Boletín Oficial del Registro Mercantil y la cancelación de las inscripciones a que hayan dado lugar los acuerdos declarados nulos en el citado Registro Mercantil, si se hubieran inscrito, así como la de todos los asientos de la sociedad demandada posteriores a las indicadas inscripciones y que resulten contradictorios con la sentencia y expedir mandamiento al efecto al señor Registrador Mercantil, entregándolo a la parte actora para su diligenciamiento.
No se efectúa expresa condena en costas debiendo cada parte satisfacer las causadas a su instancia y las comunes por mitad.
Madrid, 30 de junio de 2015.- El/La Secretario.
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