Las Juntas Generales de IRUGARCOR DOS, S.L. (Sociedad Absorbente y Sociedad Escindida); IRUGARCOR UNO, S.L. (Sociedad Absorbida); AGAVE GESTIÓN, S.L.U. (Sociedad Absorbida) y EFICAZ OFFICE, S.L. (Sociedad Absorbida) aprobaron el día 30 de julio de 2015 por unanimidad y con presencia de todos los socios de dichas sociedades, la fusión por absorción de las Sociedades Absorbidas (IRUGARCOR UNO, S.L., AGAVE GESTIÓN S.L.U. y EFICAZ OFFICE, S.L.) por la Sociedad Absorbente (IRUGARCOR DOS, S.L.) mediante la disolución sin liquidación de las Sociedades Absorbidas y la transmisión en bloque por sucesión universal de su patrimonio social a la Sociedad Absorbente, y simultáneamente, la misma la Junta General de IRUGARCOR DOS, S.L. (Sociedad Escindida) celebrada el mismo día 30 de julio de 2015, acordó por unanimidad, y con presencia de todos los socios, la escisión total de la Sociedad, mediante su disolución sin liquidación y la transmisión en bloque de su patrimonio social a dos Sociedades Beneficiarias de nueva creación que se denominaran EFICAZ 2015, S.L. y JAMC 2015, S.L.
La operación de fusión es un supuesto asimilado a la absorción de sociedades íntegramente participadas del artículo 52 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME). Asimismo, ambas operaciones simultáneas de fusión y escisión se realizan conforme al Proyecto común de Fusión y Escisión de fecha 29 de junio de 2015 y por acuerdo unánime de las Juntas generales de las Sociedades Intervinientes en la operación común de Fusión y Escisión, regulado en el artículo 42 de la LME.
Se hace constar conforme al artículo 43 de la LME, el derecho de los socios, trabajadores y acreedores de cualesquiera de las Sociedades Intervinientes de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión y Escisión de fecha 31 de diciembre de 2014, así como también los demás documentos relacionados con la operación simultánea de Fusión y Escisión mediante su envío o entrega gratuita. Asimismo, se hace constar el derecho de oposición de los acreedores durante el plazo de de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.
Bilbao, 30 de julio de 2015.- D. José Antonio Corrales Garmilla Administrador Único de Irugarcor Dos, S.L. Irugarcor Uno, S.L. Agave Gestión, S.L.U. Eficaz Office, S.L. Eficaz 2015, S.L. y JAMC 2015, S.L.
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