Anuncio de fusión por absorción
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que los socios únicos de Endesa Red, S.A. (Sociedad Unipersonal) y Endesa Gas, S.A. (Sociedad Unipersonal), decidieron el 29 de julio de 2015 aprobar el Balance de fusión, el proyecto común de fusión por absorción, y por tanto, la fusión por absorción por Endesa Red, S.A. de Endesa Gas, S.A., con extinción de la personalidad jurídica de la sociedad absorbida y la transmisión de su patrimonio en bloque a "Endesa Red, S.A." como sucesora universal, comprendiendo todos los elementos que integran el Activo y el Pasivo de la sociedad absorbida, quedando la sociedad absorbente subrogada en todos los derechos y obligaciones de la misma, en los términos establecidos en el proyecto de fusión, todo ello conforme al procedimiento de fusión regulado en el artículo 23 y concordantes de la vigente Ley 3/2009.
El acuerdo de fusión fue adoptado conforme al proyecto común de fusión por absorción, redactado y suscrito por los Administradores de las citadas sociedades con fecha 23 de junio de 2015 y cuyo depósito quedó efectuado en los Registros Mercantiles de Barcelona y Zaragoza.
Al ser la sociedad absorbente socio único y, en consecuencia, titular de todas las acciones en que se divide el capital social de la sociedad absorbida Endesa Gas, S.A. Unipersonal, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, no se aumentará el capital de la sociedad absorbente, ni se producirá modificación estatutaria alguna, ni es necesaria la elaboración de informes de los Administradores ni de experto independiente sobre el proyecto común de fusión. Las acciones de la sociedad absorbida serán inmediatamente anuladas tras la inscripción en el Registro Mercantil de la presente fusión.
Fecha de efectos contables y ventajas y derechos especiales.
Conforme a lo establecido en el Real Decreto 1514/2007 de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad, según ha sido modificado mediante el Real Decreto 1159/2010, de 17 de septiembre, la fecha de efectos contables de la fusión será el 1 de enero de 2015.
No existe, ni en la sociedad absorbente ni en la sociedad absorbida, ninguna clase de acciones especiales o privilegiadas, ni persona que tenga derechos especiales distintos de las acciones y participaciones, ni se contempla el otorgamiento de ventajas de cualquier clase a favor de los Administradores de las sociedades partícipes en la operación de fusión.
Derecho de información y oposición.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios, partícipes y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión.
Asimismo, los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 43 de la Ley 3/2009, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión. Se hace constar que no existen obligacionistas ni titulares de derechos especiales distintos de las acciones y participaciones en ninguna de las sociedades participantes en la fusión.
Madrid, 30 de julio de 2015.- La Secretaria-Consejera del Consejo de Administración de "Endesa Gas, S.A.", Jimena Fernández Díaz.- El Secretario-Consejero de "Endesa Red, S.A.", Ignacio Castejón Laporta.
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