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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3-2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, que las Juntas Generales Extraordinarias de socios de la sociedad TRANSTELLO, S.L. (sociedad absorbente), y TRANSALMAN, S.L. (sociedad absorbida), celebradas ambas el 17 de agosto de 2015, se aprobaron por unanimidad y con Junta Universal en las dos sociedades, la fusión de dichas sociedades mediante la absorción por TRANSTELLO, S.L., conforme con los términos de Proyecto Común de Fusión aprobado y firmado por los administradores de las dos sociedades el 17 de junio de 2015 y que ha sido depositado en el Registro Mercantil de Cáceres el día 30 de junio de 2015.
Como consecuencia de la fusión, se producirá la disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y la sociedad absorbente adquirirá por sucesión universal, los derechos y obligaciones de aquella, mediante la transmisión de bloque de la totalidad del patrimonio social, de la sociedad absorbida con efectos contables desde el 1 de enero de 2015.
Asimismo, el acuerdo de fusión supone la ampliación del capital social de la sociedad absorbente dejándolo establecido tras ella en la cifra de 109.864,99 euros, produciéndose al canje de las participaciones representativas del capital social de la sociedad absorbida, las cuales se amortizan en su integridad, por aquellas otras representativas de la ampliación de capital acordada, según la ecuación de canje contenida en el Proyecto común de Fusión con la consiguiente modificación y refundición de los Estatutos Sociales con la finalidad de incorporar al objeto social de la absorbente aquellas actividades propias de la absorbida.
Asimismo, se hace constar expresamente el derecho que corresponde a los socios, representantes de los trabajadores y a los acreedores de las sociedades participantes en la fusión el derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión y los balances de fusión, y a los acreedores de cada una de las dichas sociedades el derecho a oponerse a la fusión durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo, todo ello en los términos previsto en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.
Miajadas, 17 de agosto de 2015.- Los Administradores de las sociedades TRANSTELLO, S.L., y TRANSALMAN, S.L., don Ángel Tello Ortiz y Alberto Tello Ortiz.
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