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Documento BORME-C-2015-8964

VEOLIA SERVICIOS NORTE, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE LA ESCISIÓN PARCIAL DE RAMA DE ACTIVIDAD Y ABSORBENTE EN LAS FUSIONES)
VEOLIA ESPAÑA, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE LA ESCISIÓN PARCIAL
FINANCIERA)
GIROA, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ESCINDIDA PARCIALMENTE)
VEOLIA SERVICIOS CANTABRIA, SOCIEDAD LIMITADA
UNIPERSONAL
VEOLIA SERVICIOS LA RIOJA, SOCIEDAD ANÓNIMA
UNIPERSONAL
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 160, páginas 10598 a 10599 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2015-8964

TEXTO

Anuncio de las escisiones parciales de rama de actividad y financiera y de sendas fusiones por absorción.

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 y 73 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante "LME") se hace público que los accionistas/socios únicos de las sociedades (i) Veolia Servicios Norte, S.A. (Sociedad Unipersonal), (ii) Veolia Servicios Cantabria, S.L. (Sociedad Unipersonal), (iii) Veolia España, S.L. (Sociedad Unipersonal), (iv) Giroa, S.A. (Sociedad Unipersonal) y (v) Veolia Servicios La Rioja, S.A. (Sociedad Unipersonal), han acordado, respectivamente, con fecha 31 de julio de 2015, las siguientes operaciones de reestructuración empresarial:

(i) La fusión por absorción de la entidad Veolia Servicios La Rioja, S.A. (Sociedad Unipersonal), por parte de Veolia Servicios Norte, S.A. (Sociedad Unipersonal), mediante la transmisión en bloque de la totalidad del patrimonio social de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente, la cual adquirirá por sucesión universal la totalidad de los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida que se disuelve y extingue sin liquidación.

(ii) La escisión parcial de la entidad Giroa, S.A. (Sociedad Unipersonal), mediante la transmisión en bloque de una parte de su patrimonio con el conjunto de activos, pasivos, relaciones jurídicas, medios materiales y humanos afectos al negocio relacionado con la gestión y el desarrollo de proyectos de eficiencia energética y así como con la ejecución de obras e instalaciones electromecánicas desarrollado en sus delegaciones de Aragón, Asturias, Cantabria, La Rioja y Navarra, a favor de la entidad Veolia Servicios Norte, S.A. (Sociedad Unipersonal).

(iii) La escisión parcial de la entidad Giroa, S.A. (Sociedad Unipersonal), mediante la división y traspaso en bloque de una parte de su patrimonio correspondiente al cien por ciento de las participaciones de su filial Veolia Servicios Cantabria, S.L. (Sociedad Unipersonal), la cual desarrolla el negocio relacionado asimismo con la gestión y el desarrollo de proyectos de eficiencia energética y de la ejecución de obras e instalaciones electromecánicas, a favor de la entidad Veolia España, S.L. (Sociedad Unipersonal).

(iv) La fusión por absorción de la entidad Veolia Servicios Cantabria, S.L. (Sociedad Unipersonal) por parte de Veolia Servicios Norte, S.L. (Sociedad Unipersonal), mediante la transmisión en bloque de la totalidad del patrimonio social de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente, la cual adquirirá por sucesión universal la totalidad de los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida que se disuelve y extingue sin liquidación.

Las citadas operaciones de fusión y escisión parcial se han acordado y ejecutan sucesivamente, en unidad de acto.

El conjunto de las operaciones de reestructuración societaria del grupo objeto del Proyecto en adelante referidas como la "Operación".

La Operación ha sido aprobada por los socios/accionistas únicos de las sociedades intervinientes sobre la base del proyecto común de fusión y escisión redactado y suscrito por el Administrador único de cada una de las sociedades intervinientes, en fecha 29 de junio de 2015, y depositado en el Registro Mercantil de Guipúzcoa, La Rioja, Santander, Madrid y La Coruña (el "Proyecto Común de Fusión y Escisión"), habiéndose acordado la Operación sobre la base del balance anual cerrado a 31 de diciembre de 2014 de las sociedades intervinientes, debidamente verificado por los auditores de cuentas de las sociedades.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 49 y 52, por remisión asimismo del artículo 73 LME, no han sido necesarios el informe de los Administradores ni el informe de experto independiente sobre el Proyecto Común de Fusión y Escisión.

Según establece el artículo 43 LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios/accionistas y acreedores de las sociedades intervinientes en la Operación a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados en relación con la Operación aprobada, el Proyecto Común de Fusión y Escisión y los balances de fusión y escisión parcial.

De igual modo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades intervinientes en la Operación de oponerse a las operaciones integrantes de la Operación en los términos establecidos en el artículo 44 de la LME, por remisión del artículo 73 de la LME, durante el plazo de un mes contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión y escisión.

En Madrid a, 31 de julio de 2015.- Administrador único de Veolia Servicios Norte, S.A. (Sociedad Unipersonal), Veolia Servicios Lecam, S.A., representada por D. Herve-Roland Peneau. Administrador único de Veolia Servicios La Rioja, S.A. (Sociedad Unipersonal), Veolia España, S.L. (Sociedad Unipersonal), representada por D. Herve-Roland Peneau. Administrador único de Giroa, S.A. (Sociedad Unipersonal), Veolia España, S.L. (Sociedad Unipersonal), representada por D. Herve-Roland Peneau. Administrador único de Veolia Servicios Cantabria, S.L. (Sociedad Unipersonal), Giroa, S.A. (Sociedad Unipersonal), representada por D. Herve-Roland Peneau. Administrador único de Veolia España, S.L. (Sociedad Unipersonal), Veolia Energie International, S.A. representada por D. Herve-Roland Peneau.

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