Contido non dispoñible en galego
Anuncio de fusión por absorción
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que el 1 de septiembre de 2015, la Junta General Extraordinaria y Universal de "Inmobus Inversiones Patrimoniales, Sociedad Limitada" y dicha sociedad, asumiendo las funciones de la Junta General Universal, en su condición de socio único de "Incol Inmuebles Colmenarejo, Sociedad Limitada Unipersonal", aprobaron por unanimidad la fusión por absorción de "Inmobus Inversiones Patrimoniales, Sociedad Limitada", como sociedad absorbente, e "Incol Inmuebles Colmenarejo, Sociedad Limitada Unipersonal", como sociedad absorbida, con la extinción sin liquidación de dicha sociedad absorbida y transmisión en bloque de su patrimonio a la sociedad absorbente.
De conformidad con lo dispuesto con el articulo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, no ha sido necesario publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley ni elaborar informe de los administradores sobre el proyecto de fusión.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión.
Los acreedores de las sociedades indicadas pueden oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.
Madrid, 4 de septiembre de 2015.- El Presidente de los Consejos de Administración de "Incol Inmuebles Colmenarejo, Sociedad Limitada Unipersonal" e "Inmobus Inversiones Patrimoniales, Sociedad Limitada", Don Santiago Aguado García.
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