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Documento BORME-C-2015-957

CARTERA URBANA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ORDEN URBANO, S.L.
(UNIPERSONAL)
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 37, páginas 1091 a 1091 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2015-957

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, se hace público que, con fecha 15 de febrero de 2015, la Junta Universal de Socios de la entidad CARTERA URBANA, S.L., como socio único de la entidad ORDEN URBANO, S.L. (Unipersonal), adoptó por unanimidad el acuerdo de fusión por absorción de esta última, con la consecuencia de la disolución sin liquidación de ORDEN URBANO, S.L. (Unipersonal), y la transmisión en bloque de todo su patrimonio, derechos y obligaciones a CARTERA URBANA, S.L., sin aumento de capital en esta, y con efectos contables desde el 1 de enero de 2015. La fusión por absorción se acoge al Régimen Especial regulado en el Capítulo VIII del Título VII de la Ley Reguladora del Impuesto de Sociedades, efectuándose por motivos y necesidades de reestructuración y racionalización de la actividad. Todo ello en los términos previstos en el Proyecto común de Fusión por Absorción, aprobado y firmado por GESADMIN, S.L., Administrador único de CARTERA URBANA, S.L. y Administrador Solidario de ORDEN URBANO, S.L., de 25 de noviembre de 2014. Todo ello confirmado en los Acuerdos de socio único en la entidad ORDEN URBANO, S.L. (Unipersonal), de 15 de febrero de 2015, conforme a la especialidad de este tipo de acuerdos en sociedades íntegra y directamente participadas por la sociedad absorbente (artículo 49 Ley 3/2009).

Se hace constar expresamente el derecho que corresponde a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión de obtener gratuitamente el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión cerrados a 25 de diciembre de 2014. Asimismo, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades que intervienen en la fusión a oponerse a esta durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009.

Nigran, 16 de febrero de 2015.- Jesús Fernández Álvarez, persona física designada por Gesadmin, S.L. Administrador único de Cartera Urbana, S.L. (Sociedad Absorbente) Administrador solidario de Orden Urbano, S.L. (Unipersonal) (Sociedad Absorbida).

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