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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, se hace público que las juntas generales de socios de las mercantiles Rehabilitación de Edificios Atyco, Sociedad Limitada Unipersonal, y Asistencia Técnica y Coordinación de Obra, Sociedad Limitada, celebradas el 30 de septiembre de 2015, aprobaron la fusión entre dichas sociedades, mediante la absorción de la sociedad Asistencia Técnica y Coordinación de Obra, Sociedad Limitada, por parte de la sociedad Rehabilitación de Edificios Atyco, Sociedad Limitada Unipersonal, con disolución y sin liquidación de la sociedad absorbida, transmitiendo en bloque a título de sucesión universal, todo su patrimonio a la sociedad absorbente, de acuerdo con el proyecto de fusión, y subrogándose en todos los derechos y obligaciones de la absorbida.
Se hace constar que se han cumplido todos los requisitos establecidos en el artículo 42 de la Ley 3/2009, en lo relativo a las normas generales sobre el proyecto y balance de fusión y demás circunstancias establecidas en dicho artículo.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades que participan en la fusión de solicitar y obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión.
Asimismo, se hace constar que los acreedores de las sociedades que se fusionan podrán oponerse dentro del plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio de la fusión, en los términos previstos en el artículo 44 de la citada Ley.
Castellón, 1 de octubre de 2015.- El Administrador único de las mercantiles, Zoltan Andacs.
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