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Por decisión del Administrador de la sociedad se convoca a la Junta general extraordinaria de accionistas, que se celebrará en la ciudad de Madrid, en el en la calle Capitán Haya, 43, a las 10:00 horas, del día 25 de noviembre de 2015, en primera convocatoria, y si no hubiese quórum suficiente, en segunda convocatoria, el siguiente día, 26 de noviembre de 2015, en el mismo lugar y hora, haciendo constar que se prevé la celebración de la Junta en primera convocatoria, con el siguiente
Orden del día
Primero.- Nombramiento del Presidente y Secretario de la Junta.
Segundo.- Examen y aprobación del Proyecto común de fusión por absorción de la mercantil "Eldu Electroaplicaciones, S.A." de "Electrificaciones Maycosa, S.A.", "Técnicas de Mantenimiento Energético, S.A" y "ELDU CLM S.A." que determinará que estas últimas sociedades se disuelvan sin liquidación traspasando en bloque por sucesión universal la totalidad de su patrimonio a la Sociedad en su condición de sociedad absorbente.
Tercero.- Aprobación, en su caso, de dicha fusión por absorción conforme a las determinaciones del Proyecto de fusión.
Cuarto.- Aprobación del balance de fusión cerrado a 31 de diciembre de 2014.
Quinto.- Régimen fiscal de la fusión.
Sexto.- Modificación artículo 4 de los Estatutos.
Séptimo.- Otorgamiento de facultades.
Octavo.- Lectura y aprobación, en su caso, del Acta de la Junta.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 40.2 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), en relación con sus artículos 31 y 40, se deja constancia a continuación de las menciones mínimas del proyecto común de fusión legalmente exigidas: a) La sociedad absorbente será Eldu Electroaplicaciones, S.A., domiciliada en Madrid, calle Reus, número 16 bis, provista de CIF número A28923183, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al Tomo 5.916, folio 144, hoja M-96772; y las Sociedades Absorbidas son (i) la sociedad Electrificaciones Maycosa, S.A., con domicilio en Getafe, calle Viajero, número 15, provista de CIF número A-82.707.746, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al Tomo 15.833, folio 170, hoja M-267315, (ii) Técnicas de Mantenimiento Energético, S.A. con domicilio en Madrid, calle Chiquinquira, número 48, provista de CIF A83886507, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al tomo 19.675, folio 39, Hoja M-346067; (iii) ELDU CLM, S.A., con domicilio en Cuenca, calle Dulcinea del Toboso, número 8, provista de CIF A16.270.993, inscrita en el Registro Mercantil de Cuenca, al tomo 533, folio 86, Hoja CU-7931. La modalidad de la fusión proyectada tiene el carácter de fusión por absorción prevista en el artículo 23.2 LME. b) En atención a la valoración de las sociedades absorbidas no se procederá a la ampliación de capital en la sociedad absorbente, consecuentemente no existe método ni tipo de canje, ni mención sobre la fecha en la cual las nuevas acciones dan derecho a participar en las ganancias sociales c) La fusión no tiene incidencia sobre aportaciones de industria o las prestaciones accesorias en la sociedades intervinientes sin que vayan a otorgarse compensaciones a los socios de la sociedad absorbente. d) No se van a otorgar derechos especiales en la sociedad absorbente a favor de persona alguna, no existiendo clases especiales de acciones ni derechos especiales distintos de las acciones. e) La fusión no comporta la concesión de ninguna ventaja a favor de los Administradores de las sociedades fusionadas, ni a favor de ningún experto independiente. f) La fusión tendrá efectos contables a partir del 1 de enero de 2015, toda vez que se trata de la fusión de empresas del grupo desde el ámbito de aplicación de la normativa contable relativa a la combinación de negocios. g) Los Estatutos de la sociedad absorbente resultantes de la fusión serán los que constan inscritos actualmente en el Registro Mercantil. h) Las cuentas anuales de las sociedades intervinientes que han sido utilizadas para establecer las condiciones de la fusión son de fecha 31 de diciembre de 2014; i) Los elementos del activo y del pasivo de las sociedades absorbidas, que se transmitirán en bloque a la sociedad absorbente, son los descritos en los Balances de Fusión; j) La fusión no modificará la actual composición del Órgano de Administración de la sociedad absorbente ni alterará el Órgano de Administración de la Sociedades Absorbidas que se mantengan hasta la inscripción de la fusión, ni afectará a las relaciones de trabajo, ni incidirá o afectará en la responsabilidad social de las sociedades participantes en la fusión. k) El Proyecto común de fusión ha sido formulado por el órgano de administración de todas las sociedades intervinientes, el cual ha sido debidamente depositado en los registros mercantiles correspondientes. En cumplimiento de lo ordenado en los artículos 32, 39 y 40.2 de la LME, se hace constar que desde la publicación del presente anuncio los socios, los representantes de los trabajadores y, en su caso, obligacionistas, titulares de derechos especiales podrán examinar en el domicilio social, u obtener la entrega o envío gratuito del texto íntegro de los documentos: a) Proyecto común de fusión; b) Las cuentas anuales de las sociedades intervinientes en la fusión y el informe de gestión, en su caso, de los 3 últimos ejercicios junto con los informes de auditoría, en su caso; d) El Balance de fusión de cada una de las sociedades participantes en la fusión cerrado a 31 de diciembre de 2014; e) Los Estatutos sociales vigentes; f) El texto íntegro de los Estatutos de la sociedad absorbente; g) Informe del órgano de administración de las sociedades intervinientes relativo a la fusión; h) El informe de experto independiente, en su caso; i) La identidad de los administradores de las sociedades intervinientes. A los efectos de cumplimiento de lo establecido en la Ley de Modificaciones Estructurales, se hace constar: 1) Que en la actualidad no hay pactos de socios ni se contempla su celebración, por lo que no habrá documento público que afecte el contenido de los Estatutos sociales; 2) Que no se contempla cambio alguno en el órgano de administración de la sociedad absorbente como consecuencia de la fusión; 3) Que no existen obligacionistas ni titulares de derechos especiales, por lo que con lo anterior, las sociedades intervinientes en la fusión han dado cumplimiento a las obligaciones de información establecidas en el artículo 39 de la LME. En virtud de lo dispuesto en el artículo 287.º de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar el derecho de todos los accionistas a examinar en el domicilio social el texto íntegro de la modificación propuesta como punto sexto del Orden del Día, y el informe justificativo de la misma, así como a solicitar la entrega o envío gratuito de los referidos documentos. De acuerdo con lo establecido en el artículo 197.º de la Ley de Sociedades de Capital, hasta el séptimo día anterior al previsto para la celebración de la Junta, los accionistas, mediante comunicación escrita podrán solicitar de los administradores, las informaciones o aclaraciones que estimen precisas, o formular las preguntas que estimen pertinentes acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día. Durante la celebración de la Junta general, los accionistas de la sociedad también podrán solicitar verbalmente las informaciones o aclaraciones que consideren convenientes acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día y, en caso de no ser posible satisfacer el derecho del accionista en ese momento, los administradores facilitarán esa información por escrito dentro de los siete días siguientes al de la terminación de la Junta.
Madrid, 16 de octubre de 2015.- El Administrador único, Jon Arteta Ocerin representante persona física de Eldu Corporate, S.L.
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