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Documento BORME-C-2016-10316

VIDEO MERCURY FILMS, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
HOSTELERA SANSE, S.L.
BLOQUESUR, S.L.
PRODUCCIONES PARA VÍDEO Y TELEVISIÓN, S.A.
C I P I CINEMATOGRÁFICA, S.L.
MIDEGA FILM, S.L.
ÁGUILA FILMS, S.L.
CÁDIZ PROMOCIONES DEPORTIVAS, S.A.
TELE MERCURY, S.L.
SOCIEDAD GENERAL DE CINE, S.A.
EL IMAÁ CINE Y TELEVISIÓN, S.A.
(EN LIQUIDACIÓN)
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 221, páginas 11959 a 11959 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-10316

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que la sociedad absorbente y las sociedades absorbidas han acordado la fusión de dichas entidades mediante la absorción de Hostelera Sanse, S.L., Bloquesur, S.L., Producciones para Vídeo y Televisión, S.A., C I P I Cinematográfica, S.L., Midega Film, S.L., Águila Films, S.L., Cádiz Promociones Deportivas, S.A., Tele Mercury, S.L., Sociedad General de Cine, S.A., y El Imán Cine y Televisión, S.A., en Liquidación, por parte de Vídeo Mercury Films, S.A.

Se hace constar, a los efectos oportunos, el derecho que corresponde a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de la fusión, así como el derecho de los acreedores a oponerse en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.

Para ejercitar su derecho de oposición los acreedores dispondrán del plazo de un mes desde la fecha del último anuncio del presente acuerdo de fusión, de conformidad con lo establecido en el referido artículo 44 de la LME.

Madrid, 18 de noviembre de 2016.- El Administrador único de la sociedad absorbente. El Administrador único de las sociedades absorbidas.

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