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Documento BORME-C-2016-10882

ASTURIANA DE LAMINADOS, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 232, páginas 12596 a 12598 (3 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2016-10882

TEXTO

Ampliación de Capital con derecho de suscripción preferente.

En cumplimiento del artículo 305.2 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio (la "Ley de Sociedades de Capital") se comunica que el Consejo de Administración de Asturiana de Laminados, S.A. (la "Sociedad"), con fecha 23 de noviembre de 2016, ha acordado llevar a cabo y ejecutar el aumento de capital acordado por la Junta General Extraordinaria de accionistas de 23 de noviembre de 2016 bajo el punto primero del orden del día conforme a lo establecido en el artículo 297.1 a) de la Ley de Sociedades de Capital, así como acordar un aumento de capital en virtud de la delegación efectuada por la Junta General Extraordinaria de accionistas de 15 de septiembre de 2016 bajo el punto primero del orden del día conforme al artículo 297.1 b) de la Ley de Sociedades de Capital y la realización conjunta de los aumentos de capital referidos con anterioridad (ambos, conjuntamente, el "Aumento de Capital").

1. Importe del aumento de capital. Prima de emisión y tipo de emisión

El capital social, que actualmente asciende a dieciséis millones trescientos treinta y siete mil euros (16.337.000 €), se aumenta hasta la cifra máxima de veintiséis millones quinientos cuarenta y siete mil seiscientos veinticinco euros (26.547.625 €), mediante la emisión de un máximo de diez millones doscientas diez mil seiscientas veinticinco (10.210.625) acciones ordinarias de un euro (1 €) de valor nominal cada una (las "Nuevas Acciones") a un tipo de emisión de un euro y cincuenta céntimos de euro (1,50 €) por acción, es decir, con una prima de emisión de cincuenta céntimos de euro (0,50 €) por acción.

Las Nuevas Acciones son de la misma clase y serie única que las actualmente en circulación, concediendo todas ellas idénticos derechos a sus titulares y deberán ser íntegramente desembolsadas mediante aportaciones dinerarias en el momento de la suscripción.

2. Derecho de Suscripción Preferente

Los accionistas cuya titularidad conste inscrita en el Libro Registro de acciones nominativas antes de las 23:59 horas del día de publicación del presente anuncio de oferta de suscripción en el Boletín Oficial del Registro Mercantil (el "BORME"), tendrán derecho a suscribir el número de acciones proporcional al valor nominal de las que posea. El Consejo de Administración ha determinado que por cada ocho (8) acciones antiguas se podrán suscribir cinco (5) Nuevas Acciones.

Los derechos de suscripción preferente serán transmisibles en las mismas condiciones que las acciones de las que se deriven de conformidad con lo previsto en el artículo 306.2 de la Ley de Sociedades de Capital.

El plazo para ejercitar el derecho de suscripción preferente (el "Período de Suscripción Preferente") será de un (1) mes contado desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio de la oferta de suscripción de las Nuevas Acciones en el BORME.

Para ejercitar los derechos de suscripción preferente, los titulares de dichos derechos deberán dirigirse al Secretario del Consejo de Administración de la Sociedad indicando su voluntad de ejercitarlos, siendo el Secretario quien comunicará a la entidad colocadora que, en su caso se designe a estos efectos, el número total de Nuevas Acciones suscritas durante el Período de Suscripción Preferente.

Las peticiones de suscripción realizadas durante el Período de Suscripción Preferente serán firmes e irrevocables.

Los derechos de suscripción preferente no ejercitados se extinguirán automáticamente a la finalización del Período de Suscripción Preferente.

En cumplimiento del plan estratégico que se está acometiendo, aquellas Nuevas Acciones que no se suscriban en ejercicio del derecho de suscripción preferente por los actuales accionistas de la Sociedad, serán ofrecidas por el Consejo de Administración para su suscripción a terceros inversores en los términos que se describen en el apartado siguiente.

3. Período de Asignación Discrecional

Si tras la conclusión del Período de Suscripción Preferente y la determinación del número de Nuevas Acciones suscritas en ejercicio del derecho de suscripción preferente quedasen Nuevas Acciones por suscribir y adjudicar (las "Acciones Sobrantes"), se iniciará un periodo de asignación discrecional, que tendrá una duración máxima de diez (10) días naturales desde que finalice el Período de Suscripción Preferente (el "Período de Asignación Discrecional"), pudiendo el Consejo de Administración dar por finalizado el Período de Asignación Discrecional en cualquier momento.

Durante el Período de Asignación Discrecional, el Consejo de Administración podrá decidir la distribución de acciones a terceros inversores, sin que en ningún caso puedan ser ofrecidas públicamente según el alcance que a dicho concepto le atribuye la legislación vigente y, en especial, el artículo 309 de la Ley de Sociedades de Capital, el artículo 38.1 del Real Decreto 1310/2005, de 4 de noviembre, que desarrolla parcialmente la Ley 24/1988 del Mercado de Valores en materia de admisión a negociación de valores en mercados secundarios oficiales, de ofertas públicas de venta o suscripción y del folleto exigible a tales efectos y el artículo 35 del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre y demás normativa complementaria, todo lo cual es conocido por los consejeros, debiendo respetarse dicha prohibición inclusive por cualesquiera terceros que, en su caso, colaboren con la Sociedad en la localización de dichos inversores idóneos y/o en la ejecución del Aumento de Capital.

De este modo, durante el Período de Asignación Discrecional, los inversores podrán cursar peticiones de suscripción de Acciones Sobrantes para su adjudicación que, tal y como se ha indicado en el párrafo anterior, decidirá el Consejo de Administración.

Las peticiones de suscripción realizadas durante el Período de Asignación Discrecional serán firmes e irrevocables.

La Sociedad comunicará la asignación definitiva de dichas acciones a los inversores adjudicatarios indicándoles el número de Nuevas Acciones que les han sido asignadas en el Período de Asignación Discrecional.

4. Desembolso

El Consejo de Administración ha acordado que el desembolso íntegro del tipo de emisión de cada nueva acción suscrita en ejercicio del derecho de suscripción preferente durante el Período de Suscripción Preferente, así como de las acciones suscritas en el Período de Asignación Discrecional, incluyendo su valor nominal y la prima de emisión, se realizará mediante aportaciones dinerarias. Dicho desembolso se hará mediante el ingreso del importe correspondiente en la cuenta bancaria de la Sociedad abierta en CAIXABANK IBAN ES74 2100 2296 1402 0020 6316, no más tarde de las 23:59 horas del día siguiente a la finalización del Período de Asignación Discrecional.

A efectos de lo dispuesto en el artículo 299 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace constar que las acciones de la Sociedad emitidas anteriormente se encuentran totalmente desembolsadas.

5. Posibilidad de suscripción incompleta del Aumento de Capital

Se prevé expresamente, según lo establecido en el artículo 311 de la Ley de Sociedades de Capital, la posibilidad de suscripción incompleta del Aumento de Capital en caso de que, finalizado el Período de Asignación Discrecional quedasen acciones pendientes de suscribir, en cuyo caso se aumentará el capital social en la cantidad correspondiente al número de acciones efectivamente suscritas y desembolsadas, quedando sin efecto el Aumento de Capital en cuanto a la cantidad restante.

6. Representación de las Nuevas Acciones

Las Nuevas Acciones estarán representadas conforme a lo indicado en los Estatutos sociales de la Sociedad. En este sentido, cabe señalar que en la actualidad las acciones están representadas mediante títulos nominativos. No obstante lo anterior, está prevista la celebración de una Junta General Extraordinaria de accionistas convocada para su celebración el día 12 de diciembre de 2016, en la que figura como punto segundo del orden del día la modificación del sistema de representación de las acciones de la Sociedad mediante la transformación de los títulos en anotaciones en cuenta y el nombramiento de Iberclear como la entidad encargada de la llevanza del registro contable de las acciones. En consecuencia, en el supuesto de que dicha Junta General Extraordinaria apruebe la referida transformación, las Nuevas Acciones que se emitan en virtud del Aumento de Capital estarán representadas mediante anotaciones en cuenta.

7. Derechos de las Nuevas Acciones

Las Nuevas Acciones serán acciones ordinarias y pertenecerán a la misma clase y serie que las acciones de la Sociedad actualmente en circulación y conferirán a sus titulares los mismos derechos y obligaciones que éstas tienen aparejados a partir de la fecha en que se inscriban en los registros contables correspondientes.

Villallana, Lena (Asturias), 30 de noviembre de 2016.- Pablo Álvarez de Linera Granda, Secretario no Consejero del Consejo de Administración.-Macario Fernández Fernández, Presidente y Consejero Delegado del Consejo de Administración.

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