Reducción de capital social mediante amortización de acciones propias.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital, se comunica que en la Junta General Extraordinaria y Universal de Accionistas de la Compañía FLEXICEL, S.A., celebrada en el domicilio social, el pasado 4 de enero de 2016, adoptó, bajo el punto segundo de su Orden del día, y por unanimidad de todos los accionistas, el acuerdo de reducir el capital social de la Compañía en trece mil doscientos veintidós euros (€ 13.222,00), desde la cifra de noventa y un mil novecientos cincuenta y tres euros (91.953,00€), a la cifra de setenta y ocho mil setecientos treinta y un euros (78.731,00€), mediante la amortización de 220 acciones que posee la sociedad en autocartera con un valor nominal de sesenta euros y diez céntimos (€ 60,10) por acción, y que fueron adquiridas en base a lo autorizado en su momento por la Junta general de accionistas, todo ello mediante la adopción, por unanimidad, del siguiente acuerdo de reducción de capital social que a continuación se transcribe:
La sociedad es titular de 220 acciones nominativas de la Compañía "FLEXICEL, S.A.", números 1.311 a 1.530, ambos inclusive, con un valor nominal de sesenta euros y diez céntimos (€ 60,10) cada una de ellas.
Estas acciones fueron adquiridas para su autocartera mediante acuerdo de la Junta general de fecha 1 de septiembre de 2015 (220 acciones), y escritura pública de compraventa otorgada ante la Notario de Martorell, Doña Matilde Farriol Bonet, el día 15 de septiembre de 2015, número 1801 de su protocolo.
La reducción no entraña devolución de aportaciones por ser la propia sociedad la titular de las acciones amortizadas. Por tanto, la finalidad de la mencionada reducción será la amortización de las acciones propias.
Como consecuencia de la reducción de capital una vez ejecutado el acuerdo quedará modificado el artículo 5º de los Estatutos Sociales, que en adelante, tendrá la siguiente redacción:
"Artículo quinto. CAPITAL SOCIAL
El capital social es de setenta y ocho mil setecientos treinta y un euros (78.731,00 €), representado por mil trescientas diez DIEZ (1.310) acciones ordinarias, nominativas y de una sola serie, iguales e indivisibles, numeradas correlativamente del uno (1) al mil trescientos diez (1.310), ambos inclusive, de un valor nominal de sesenta euros con diez céntimos de euro (60,10 €) cada una, totalmente suscritas y desembolsadas."
Por la diferencia entre el importe total pagado en la adquisición y el nominal de las acciones adquiridas se procederá a disminuir las reservas voluntarias en la suma de seiscientos diez mil doscientos cincuenta y ocho euros (€ 610.258,00).
La reducción de capital social mediante la amortización de acciones propias, se efectúa sin exclusión del derecho de oposición de los acreedores. Los acreedores de la sociedad tendrán derecho a oponerse a la reducción en los términos y plazo previstos en los artículos 334 y 336 de la ley de Sociedades de Capital.
La reducción de capital se ejecutará de forma inmediata una vez transcurrido el plazo de oposición de los acuerdos a que se refieren los artículos 334 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital.
Asimismo bajo el punto quinto del orden del día, se acordó por unanimidad, delegar y facultar tan ampliamente como fuera menester al Administrador de la mercantil, para que al amparo de las facultades que le confieren los arts. 108 y 109 del Reglamento del Registro Mercantil, pueda librar certificaciones de los presentes acuerdos y elevarlos a público, otorgando cuantos documentos públicos y/o privados fueren convenientes o necesarios para llevarlos donde fuere menester, y en especial al registro Mercantil.
Esparreguera, 5 de enero de 2016.- El Administrador, José Luis González Ratón.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid