Contido non dispoñible en galego
Reducción de capital social por pérdidas.
De conformidad con lo previsto en el artículo 319 de la LSC, se hace público que la Junta General Extraordinaria celebrada en Gijón el día 29 de enero de 2016 acordó por unanimidad reducir el capital social con objeto de reestablecer el equilibrio entre el capital y el patrimonio neto de la sociedad por consecuencia de pérdidas, en la cantidad de treinta mil euros (30.000 €) mediante la disminución del valor nominal de las acciones, pasando de un valor unitario de noventa euros (90 €) a sesenta euros (60 €). En consecuencia, el capital social se establece en sesenta mil (60.000 €), y pasando el artículo de los Estatutos Sociales relativo al capital social a tener la siguiente redacción:
"Artículo Sexto.- Capital Social
El capital social, integrado por las aportaciones de los socios consistentes en bienes o deudas patrimoniales susceptibles de valoración económica y que constituye el límite de responsabilidad respecto de los acreedores y de reparto de beneficios respecto de los socios, en los términos previstos por la Ley, asciende a la cantidad de sesenta mil (60.000 €) euros, dividido en mil (1.000) acciones nominativas ordinarias, de una sola serie y clase de sesenta (60) euros de valor nominal cada una, numeradas correlativamente del uno al mil, ambos inclusive. Las acciones están totalmente suscritas y desembolsadas.
Por representar partes alícuotas del capital social, se declaran nulas las acciones que no respondan a una efectiva aportación patrimonial y se prohíbe la emisión de acciones por una cifra inferior de su valor nominal, y se declara lícita la emisión de acciones con prima, la cual se integrará en el pasivo del Balance y deberá satisfacerse íntegramente en el momento de la suscripción."
Gijón, 29 de febrero de 2016.- El Secretario del Consejo de Administración, Secundino Felgueroso Fuentes.
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