Contido non dispoñible en galego
Anuncio de Fusión por Absorción
Se hace público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, que, en fecha 4 de abril de 2016, el socio único de "Estudios y Proyectos Pradamap, Sociedad limitada unipersonal" (sociedad absorbente) y de "Valle de Santibáñez Eólica, Sociedad limitada unipersonal" (sociedad absorbida) ha acordado la fusión por absorción de "Valle de Santibáñez Eólica, Sociedad limitada unipersonal", con disolución sin liquidación de esta última, y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la sociedad absorbente.
A los efectos anteriores se hace constar que ambas sociedades están íntegramente participadas de forma directa por la mercantil "Inversiones Empresariales Vapat, Sociedad limitada unipersonal", por lo que la operación de fusión será realizada con arreglo a lo establecido en los artículos 52.1 y 49.1 de la Ley 3/2009, no procediendo el aumento de capital en la sociedad absorbente. La fusión tendrá efectos contables a partir del 1 de enero de 2016.
Finalmente se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de una y otra sociedad a obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión y los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión en los términos previstos en los artículos 43 y 44 de la citada Ley 3/2009, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio de este acuerdo de fusión.
Madrid, 14 de abril de 2016.- D. Rafael González-Vallinas Pato, D. Daniel González-Vallinas Pato, D. David Vega Gutiérrez, D. Ramón Peinador García, Administradores Mancomunados de la sociedad absorbente "Estudios y Proyectos Pradamap, S.L.U.".
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