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Documento BORME-C-2016-2915

GBI 9000 SICAV, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 83, páginas 3406 a 3406 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2016-2915

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 319 de la Ley de Sociedades de Capital y en el artículo 14 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se hace público que, con fecha 14 de abril de 2016, la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de accionistas de GBI 9000 SICAV, S.A. (la "Sociedad"), celebrada con carácter Universal, ha adoptado, entre otros, los siguientes acuerdos:

Primero: Transformación de la Sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada, aprobándose asimismo el correspondiente balance de transformación.

Segundo: Reducción del capital social en la cantidad de 482.256 euros, mediante la amortización de 80.376 acciones propias de 6 euros de valor nominal cada una de ellas, adquiridas por la Sociedad en autocartera, con el fin de que el capital social de la nueva Sociedad de Responsabilidad Limitada sea el equivalente al capital en circulación que a fecha de la reunión de la junta tenía GBI 9000 SICAV, S.A.

Los acreedores de la sociedad podrán oponerse a la reducción de capital, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de reducción, de conformidad con los artículos 334 a 336 de la Ley de Sociedades de Capital.

Tercero: Aprobación de los nuevos Estatutos Sociales, que incluyen, entre otras, la modificación de la denominación social ("GBI 9000, S.L."), la sustitución del objeto social y la modificación del capital social como consecuencia de la reducción de capital acordada.

Se hace constar que toda vez que el acuerdo de transformación ha sido aprobado por unanimidad de los accionistas titulares de acciones que representan el 100 por 100 del capital social, no existe derecho de separación de los accionistas. Asimismo, se hace constar que no existen titulares de derechos especiales distintos de las acciones que no puedan mantenerse después de la transformación.

Madrid, 25 de abril de 2016.- El Secretario del Consejo de Administración.

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