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Documento BORME-C-2016-4073

INTERURBANA DE AUTOBUSES, SOCIEDAD ANÓNIMA
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
DÁRSENA 5 CONCESIONES, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CONSTITUCIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 92, páginas 4770 a 4770 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-4073

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales, por remisión del artículo 73 del mismo texto legal, se hace público que la Junta General Universal de accionistas de la sociedad "Interurbana de Autobuses, Sociedad Anónima", celebrada el 12 de mayo de 2016, aprobó, por unanimidad, la escisión parcial financiera de la sociedad, que traspasará, sin extinguirse, una parte de su patrimonio social, constituida por su participación financiera en la entidad "Intercambiador de Transportes Plaza de Castilla, Sociedad Anónima", a favor de la sociedad de nueva creación "Dársena 5 Concesiones, Sociedad Limitada", que adquirirá por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones inherentes a dicho patrimonio segregado.

Como consecuencia de la escisión parcial financiera, la sociedad escindida "Interurbana de Autobuses, Sociedad Anónima", reducirá su capital social y sus reservas en la cuantía necesaria, modificando el artículo 5 de los Estatutos Sociales relativo a la cifra del capital social.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, no ha sido necesario publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley. Asimismo, se hace constar que, por aplicación del artículo 78 bis de la misma Ley, no ha sido preciso elaborar Balance de escisión ni el informe de los Administradores sobre el Proyecto de Escisión Parcial, ni el nombramiento de expertos independientes.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y se informa a los acreedores de que podrán oponerse a la escisión parcial durante el plazo de un mes contado desde la publicación del último anuncio de escisión, conforme a lo establecido en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, por remisión del artículo 73 de la misma Ley.

San Sebastián de los Reyes (Madrid), 12 de mayo de 2016.- El Consejero delegado solidario de "Interurbana de Autobuses, Sociedad Anónima", don Santiago Aguado García.

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