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Documento BORME-C-2016-5484

LIDERKIT, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE )
GRUPO PERAGON ESPINOSA S.L.
TERMOCUBE S.L.
CARROCERIAS Y REMOLQUES PERAGON S.L.
INVERSIONES GENERALES GUADIEL S.L.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS )

Publicado en:
«BORME» núm. 99, páginas 6433 a 6433 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-5484

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción.

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo "LME") se hace público que la Junta general de socios de la sociedad LIDERKIT, S.L. ("sociedad absorbente") y las Juntas generales de socios de las sociedades GRUPO PERAGON ESPINOSA S.L., TERMOCUBE S.L., CARROCERIAS Y REMOLQUES PERAGON S.L. e INVERSIONES GENERALES GUADIEL S.L. (en adelante, "sociedades absorbidas"), todas ellas reunidas con carácter extraordinario y universal, ejerciendo las competencias que tienen atribuidas, han adoptado las respectivas sociedades, con fecha 9 de mayo de 2016, la decisión de aprobar la fusión por absorción de GRUPO PERAGON ESPINOSA S.L., TERMOCUBE S.L., CARROCERIAS Y REMOLQUES PERAGON S.L. e INVERSIONES GENERALES GUADIEL S.L. (sociedades absorbidas) por LIDERKIT, S.L. (sociedad absorbente), con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado por los Administradores de todas las sociedades con fecha 29 de abril de 2016.

La fusión se ha acordado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley y sin informe de los administradores sobre el proyecto de fusión, en la medida en que fue adoptada en junta universal y por unanimidad de todos los socios con derecho de voto en todas las sociedades intervinientes (artículo 42 LME).

Los socios y los acreedores de cada una de las sociedades intervinientes tendrán derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo de adoptado, así como los respectivos Balances de fusión.

Igualmente, se ha cumplido con la obligación de informar a los trabajadores de las Sociedades Intervinientes sobre la fusión, cuyos derechos no pueden ser restringidos por el hecho de que el acuerdo sea adoptado en Junta universal.

Jaén, 9 de mayo de 2016.- Los Administradores mancomunados de la sociedad absorbente y de las sociedades absorbidas.

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