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Documento BORME-C-2016-6255

BILBOMÁTICA, S.A.
(LA "SOCIEDAD SEGREGADA")
APLICACIONES GESPOL, S.L.
(SOCIEDAD UNIPERSONAL)
(LA "SOCIEDAD BENEFICIARIA")

Publicado en:
«BORME» núm. 110, páginas 7315 a 7315 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-6255

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley núm. 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, por remisión del artículo 73.1 del referido Texto Legal, se hace público que con fecha 2 de junio de 2016, la Junta General Extraordinaria y Universal de accionistas de BILBOMÁTICA, S.A. (la "Sociedad Segregada"), ha aprobado la segregación de la Sociedad a favor de una sociedad beneficiaria íntegramente participada por la misma, APLICACIONES GESPOL, S.L. (Sociedad Unipersonal) (la "Sociedad Beneficiaria") en los términos establecidos en el proyecto de segregación formulado por el Órgano de Administración de las dos Sociedades de fecha 2 de junio de 2016, el cual ha quedado debidamente insertado en la página web de la sociedad, www.bilbomática.es en fecha 2 de junio de 2016.

La segregación implica el traspaso en bloque, por sucesión universal, de la parte del patrimonio de la Sociedad dedicada a la actividad de prestación de servicios de mecanización informática y consultoría de Cuerpos de Seguridad, desarrollando soluciones informáticas y tecnologías integradas para éstos, incluyendo la prestación de servicios a Entidades Locales y otras Administraciones Públicas (GESPOL Security System), constitutiva de una unidad económica, a favor de la Sociedad Beneficiaria preexistente y la atribución de las participaciones de la Sociedad Beneficiaria a la Sociedad Segregada.

Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y a los acreedores de la Sociedad a obtener el texto íntegro del acuerdo de segregación adoptado, así como el balance de segregación.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de la Sociedad de oponerse a la segregación en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley núm. 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.

Bilbao, 2 de junio de 2016.- El Administrador único, Victor Malpartida González.

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