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Documento BORME-C-2016-6260

PERE I FERRAN, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CAL PINXO INVERSIONS, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 110, páginas 7321 a 7321 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-6260

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009 de 3 de abril sobre modificaciones estructurales de las Sociedades Mercantiles, se comunica que la Junta General de Socios de PERE I FERRAN, S.L. (sociedad absorbente) y el socio único de la compañía de CAL PINXO INVERSIONS, S.L.U. (sociedad absorbida) acordaron el día 30 de mayo de 2016, la fusión por absorción de ambas sociedades, ajustándose al Proyecto Común de Fusión suscrito por el Administrador Único de las sociedades participantes, con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida CAL PINXO INVERSIONS, S.L.U. y traspaso en bloque de su patrimonio a la sociedad absorbente PERE I FERRAN, S.L., que adquirirá por sucesión universal los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida.

A los efectos oportunos se pone de manifiesto que la sociedad absorbente PERE I FERRAN, S.L. es titular del 100% de las participaciones sociales de la sociedad absorbida CAL PINXO INVERSIONS, S.L.U. (sociedad absorbida), por lo que de acuerdo con lo establecido en el artículo 49.1 de la Ley 3/2009, no procede, entre otros requisitos, elaborar los Informes de los Administradores y Expertos sobre el Proyecto de Fusión, ni aumentar el capital social de la sociedad absorbente, ni establecer el tipo de canje de las participaciones sociales. La fusión impropia referida tendrá efectos contables a partir del día 1 de enero de 2016.

Se hace constar que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 39 y 43 de la Ley 3/2009 de 3 de abril sobre modificaciones estructurales de las Sociedades Mercantiles, se informa del derecho que asiste a los socios y acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión de obtener, en el domicilio social, el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de fusión; así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores conforme a lo establecido en el artículo 44 del mismo texto legal, que deberá ser ejercitado según la citada ley, en el plazo de un mes desde la fecha del último anuncio del presente acuerdo de fusión.

En Vilanova del Vallès (Barcelona), 31 de mayo de 2016.- Fdo.: D. Ferran Marco Alcayna, Administrador Único, Pere i Ferran, S.L. (Sociedad Absorbente). Fdo.: D. Ferran Marco Alcayna, Administrador Único, Cal Pinxo Inversions, S.L.U. (Sociedad Absorbida).

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