Contido non dispoñible en galego
Se publica, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, que en Junta General Extraordinaria y Universal de socios de la sociedad AGUDO Y CARRETERO, S.L., celebrada el día 1 de junio de 2016, se acordó por unanimidad, la escisión parcial de AGUDO Y CARRETERO, S.L., mediante la segregación de la unidad económica que se pretende desarrollar con ocasión de la escisión, de hostelería, restauración y camping, y mediante la transmisión en bloque del patrimonio afecto a la sociedad necesario para el desarrollo de dicha actividad económica, a la sociedad beneficiaria de nueva creación CAMPING AGUDO Y CARRETERO, S.L..
Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios, a los acreedores de la sociedad y a cualquier tercero facultado e interesado (no existen obligacionistas), de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de Escisión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social, así como el derecho de los acreedores, conforme al artículo 44 de la citada ley, a oponerse a la escisión, con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde el último anuncio de escisión.
Cuenca, 13 de junio de 2016.- Administradora solidaria.
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