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Se hace público que la Junta General de Socios de la Sqby Share, Sociedad Limitada, celebrada el 6 de junio de 2016 con carácter de Extraordinaria y Universal, aprobó, por unanimidad, la escisión parcial financiera impropia de Especialidades Eléctricas Escubedo, Sociedad Anónima Unipersonal, que traspasará, sin extinguirse, una parte de su patrimonio social, el que está formado por la cartera de participaciones en sociedades filiales sobre las que ostenta una participación mayoritaria, a favor de Sqby Share, Sociedad Limitada, quién adquirirá por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones inherentes a dicho patrimonio traspasado, en los términos y condiciones del proyecto de escisión suscrito por los órganos de administración de la sociedades intervinientes.
Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de ambas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de escisión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades intervinientes a oponerse, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de escisión.
Palol de Revardit, 2 de mayo de 2016.- El Administrador, Jordi Escubedo García.
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