Contido non dispoñible en galego
Anuncio de Fusión.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante "Ley 3/2009") se hace saber que la Junta General Ordinaria y Extraordinaria de accionistas de la sociedad absorbente y las Juntas Generales Ordinaria y Extraordinaria de socios de las sociedades absorbidas, celebradas el día 30 de junio de 2016, con carácter de universales, acordaron, entre otros acuerdos, la aprobación del Proyecto Común de Fusión correspondiente a la absorción de las sociedades absorbidas por la sociedad absorbente, redactado y firmado por todos los Administradores de dichas sociedades con fecha de 27 de mayo de 2016, y la realización de la fusión contemplado en el mismo. Por virtud de la fusión acordada las sociedades absorbidas se extinguirán sin liquidación y la totalidad de sus participaciones quedarán plenamente amortizadas, transmitiéndose todos sus respectivos patrimonios en bloque a la sociedad absorbente, quien adquirirá por sucesión universal la totalidad de derechos y obligaciones que componen los patrimonios de las sociedades absorbidas. Al tratarse de una fusión por absorción en que las sociedades absorbidas están íntegramente participadas de forma directa por la sociedad absorbente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 49.1 de la Ley 3/2009, se trata de una fusión especial donde no resulta preceptivo incluir las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y 10.ª del artículo 31 de dicha Ley, el aumento de capital de la sociedad absorbente, ni los informes de Administradores y expertos sobre el proyecto de fusión. Asimismo, por tratarse de acuerdos de fusión adoptados en junta universal y por unanimidad de todos los socios con derecho de voto de las tres sociedades participantes en la fusión, lo han sido sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la ley de conformidad con el artículo 42 de la Ley 3/2009.
Según lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, se hace aquí constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados y de los Balances de la fusión, así como el derecho de oposición a la fusión que corresponde a dichos acreedores, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión.
Madrid, 1 de julio de 2016.- El Secretario del Consejo de Administración de la Sociedad Absorbente, D. Luis Vidal Dobles.-El Administrador Solidario de CBRE Gestión Inmobiliaria, Sociedad Limitada Unipersonal, D. Adolfo Ramírez-Escudero de la Miyar.-El Administrador Único de CBRE Real Estate Arquitectura, Sociedad Limitada Unipersonal, D. Alfonso Galobart Marone.
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