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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que el socio único de la sociedad Ortosol Energía 1, S.L.U. (la "Sociedad Absorbente") y de las sociedades Ortosol Energía 2, S.L.U. ("Ortosol Energía 2"), Ortosol Energía 3, S.L.U. ("Ortosol Energía 3"), Ortosol Energía 4, S.L.U. ("Ortosol Energía 4"), Ortosol Energía 5, S.L.U. ("Ortosol Energía 5") y Ortosol Energía 6, S.L.U. (las "Sociedades Absorbidas") decidió aprobar, con fecha 28 de junio de 2016, la fusión por absorción por parte de la Sociedad Absorbente de las Sociedades Absorbidas, con extinción vía disolución sin liquidación de estas últimas, traspasando en bloque y por sucesión universal de la totalidad de su patrimonio en favor de la Sociedad Absorbente que quedará subrogada en todos los derechos y obligaciones de las Sociedades Absorbidas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión y de los balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en los respectivos domicilios sociales.
Asimismo, se hace constar de forma expresa el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, asiste a los acreedores de las sociedades participantes en la fusión en los términos previstos en el artículo 44 LME.
Madrid, 20 de julio de 2016.- El Administrador Único de la Sociedad Absorbente y de cada una de las Sociedades Absorbidas, debidamente representados para este acto por D.ª Marta Violeta Martínez Queimadelos.
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