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Documento BORME-C-2016-7936

GRUPO CRISTALPLANT, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
QUIMICRISTAL, SOCIEDAD LIMITADA
VERDPONIENTE, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 149, páginas 9229 a 9229 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-7936

TEXTO

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo "LME") se hace público que las Juntas Generales y Universales de Socios de Grupo Cristalplant, S.L., Quimicristal, S.L. y Verdponiente, S.L., celebradas con fecha 30 de junio de 2016, aprobaron por unanimidad la fusión de dichas sociedades mediante la absorción de Quimicristal, S.L. y Verdponiente, S.L. por Grupo Cristalplant, S.L., con disolución sin liquidación de aquéllas y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente.

El acuerdo de fusión fue adoptado conforme al Proyecto común de fusión redactado por los órganos de administración de todas las sociedades intervinientes con fecha 30 de junio de 2016, con aprobación de los respectivos balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2015. La sociedad absorbente acordó la ampliación de su capital social para atender al canje de las participaciones sociales de las sociedades absorbidas. No se efectúa modificación alguna del órgano de administración de la sociedad absorbente ni se conceden ventajas de ningún tipo a los Administradores de las sociedades ni derechos para ningún tipo de socios.

Habiéndose adoptado los acuerdos de fusión en cada una de las sociedades intervinientes en Junta Universal y por unanimidad de todos sus socios, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los administradores sobre el proyecto de fusión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la LME, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión y del balance de fusión.

Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio de fusión de acuerdo con el artículo 44 de la LME.

El Ejido, 3 de agosto de 2016.- Por Grupo Cristalplant, S.L., el Administrador Único, D. Antonio José Ortega Ruiz. Por Quimicristal, S.L., el Administrador Único, D. Víctor Maldonado Ortega. Por Verdponiente, S.L., el Administrador Único, D. Francisco José Escobar Sánchez.

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