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Documento BORME-C-2016-8048

LAF 2000, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL

Publicado en:
«BORME» núm. 150, páginas 9354 a 9354 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2016-8048

TEXTO

Anuncio de traslado internacional del domicilio social.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), y a pesar de que por el carácter unipersonal de la sociedad no procede anuncio de convocatoria de la Junta General, se hace público que el órgano de administración de la sociedad "Laf 2000, Sociedad Limitada Unipersonal" (la "Sociedad") ha redactado y suscrito un proyecto para el traslado internacional del domicilio de la Sociedad a Portugal, que ha quedado depositado en el Registro Mercantil de Madrid.

Se hace constar expresamente que el socio único adoptará, una vez transcurra el plazo de dos meses desde la publicación del presente anuncio, todas aquellas decisiones relativas al traslado de domicilio de la Sociedad a Portugal.

Asimismo, conforme al citado artículo 98 de la LME, se hacen constar expresamente las siguientes menciones:

A) Que la Sociedad pretende trasladar su domicilio social de la calle Luis I, 2, Madrid, en España, al nuevo domicilio social sito en Estrada Nacional 10-2, parroquia de Aldeia de Paio Pires, concejo de Seixal en Portugal.

B) Que los acreedores y el socio único de la Sociedad tienen derecho a examinar en el domicilio social el proyecto de traslado y el informe de Administradores, así como a obtener gratuitamente, si así lo solicitaren, copias de dichos documentos.

C) Toda vez que la totalidad del capital de la Sociedad es titularidad de un único socio, no se ha previsto la posibilidad de que sea ejercitado el derecho de separación que correspondería a aquellos socios que votasen en contra de las decisiones de traslado internacional del domicilio, previsto en el artículo 99 de la LME.

D) Que, conforme a lo previsto en el artículo 100 de la LME, a los acreedores de la Sociedad (cuyos créditos hayan nacido antes de la publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil del depósito en el Registro Mercantil del proyecto de traslado internacional de domicilio de la Sociedad, lo cual tuvo lugar el 27 de julio de 2016), les corresponde el derecho a oponerse al citado traslado en los términos previstos en el artículo 44 de la LME, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de la publicación del último anuncio de la adopción de la decisión del traslado de domicilio al extranjero por el socio único.

Madrid, 29 de julio de 2016.- El Secretario del Consejo de Administración de la Sociedad, D. Eduardo Piñera Bahamonde.

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