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Documento BORME-C-2016-8161

CANAL Y DOMÍNGUEZ, S.L.

Publicado en:
«BORME» núm. 154, páginas 9479 a 9479 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2016-8161

TEXTO

Don ALFONSO CANAL LADO, Administrador único de la entidad CANAL Y DOMÍNGUEZ, S.L., de acuerdo con lo previsto en la Ley de Sociedades de Capital, comunica que en la Junta General Extraordinaria de la entidad, celebrada el 27 de junio de 2016, se adoptó, entre otros, el acuerdo de ampliar el capital social mediante aportaciones dinerarias con derecho de suscripción preferente.

La ampliación de capital acordada asciende a 9.916,698 euros, mediante la emisión de 165 nuevas participaciones sociales, con los mismos derechos que las ya existentes, con un valor nominal de 60,1012 euros cada participación.

Las nuevas participaciones otorgarán a sus titulares los mismos derechos económicos y políticos que las ya existentes, a partir de la fecha en la que la ampliación de capital se declare suscrita y desembolsada.

Tendrán derecho de suscripción preferente los socios titulares de participaciones de la sociedad, que no hubieran transmitido sus derechos de suscripción preferente, antes de que finalice el plazo para ejercer dicho derecho de suscripción. Tales socios tendrán derecho a suscribir un número de participaciones nuevas en proporción al valor nominal de las participaciones de que sean titulares, respecto a la totalidad de las participaciones existentes, que en este caso se corresponden con las participaciones emitidas en la fecha de constitución.

De conformidad con lo previsto en la Ley de Sociedades de Capital, el período de suscripción preferente para los socios será de un (1) mes a contar desde la fecha de publicación del presente anuncio en el BORME.

Para ejercitar dicho derecho los socios deberán realizar una transferencia bancaria a la cuenta corriente de la sociedad, por la cantidad que le corresponda según el número de participaciones que ostente, debiendo indicar en el concepto "ampliación de capital" y enviar un justificante de dicho ingreso al administrador de la entidad.

Los derechos de suscripción preferente no ejercitados se extinguirán automáticamente a la finalización del período de suscripción preferente, pudiendo los socios que hayan ejercitado su derecho, suscribir las nuevas participaciones en el plazo de quince días hábiles contados desde la finalización del período de suscripción preferente.

Ourense, 8 de agosto de 2016.- Alfonso Canal Lado, Administrador único de la entidad CANAL Y DOMINGUEZ, S.L.

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