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Documento BORME-C-2016-8423

ESPINOSA PARTNERS INVERSIONES, FI
(FONDO DE INVERSIÓN ABSORBENTE)
VALORES DEL DARRO, SICAV, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 173, páginas 9773 a 9773 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-8423

TEXTO

.Anuncio de fusión por absorción.

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público para su general conocimiento, que la Junta General Extraordinaria de Accionistas de Valores del Darro Sicav, S.A. (Sociedad Absorbida), celebrada con fecha 5 de septiembre de 2016, así como la Sociedad Gestora, ATL12 Capital Gestión SGIIC, S.A., y la Entidad Depositaria, BNP Paribas Securities Services, Sucursal en España, en representación de Espinosa Partners Inversiones, FI (Fondo Absorbente), aprobaron por unanimidad la fusión de dichas IIC mediante la absorción de Valores del Darro SICAV, S.A. por Espinosa Partners Inversiones, FI con disolución sin liquidación de la primera y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio social al Fondo Absorbente, todo ello en los términos y condiciones previstas en el Proyecto Común de Fusión suscrito por el órgano de administración de la Sociedad Absorbida y la Sociedad Gestora del Fondo Absorbente, que fue debidamente publicado en la página web de la Sociedad Gestora de la Sociedad Absorbida y del Fondo Absorbente en fecha 19 de julio de 2016, siendo dicho hecho publicado en el Boletín Oficial del Registro Mercantil el 4 de agosto de 2016

Se informa que, con fecha 8 de julio de 2016, la Comisión Nacional del Mercado de Valores autorizó la Fusión. Como consecuencia de la fusión acordada, el Fondo de Inversión absorbente emitirá participaciones para entregar en canje a los accionistas de la sociedad absorbida

Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas, a los acreedores y a los trabajadores de cualquiera de las instituciones de inversión colectiva intervinientes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, y a los acreedores a oponerse a la fusión, todo ello en los términos de los artículos 43.1 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.

Madrid, 5 de septiembre de 2016.- El Secretario del Consejo de Administración de Valores del Darro, SICAV, S.A., y del Consejo de administración de ATL 12 Capital Gestión SGIIC, S.A., D. Rafael Guerrero Guerrero.

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