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Documento BORME-C-2016-8631

MAPFRE AMÉRICA, SOCIEDAD ANÓNIMA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MAPFRE INTERNACIONAL, SOCIEDAD ANÓNIMA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 182, páginas 10007 a 10007 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-8631

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), se comunica que el socio único común de las sociedades MAPFRE AMÉRICA, S.A. y MAPFRE INTERNACIONAL, S.A., ejerciendo las competencias de la junta general, ha adoptado en ambas sociedades, con fecha 15 de septiembre de 2016, la decisión de aprobar la fusión por absorción de MAPFRE INTERNACIONAL, S.A., por parte de MAPFRE AMÉRICA, S.A., con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto de fusión redactado por los administradores de ambas sociedades con fecha 21 de abril de 2016, condicionando su eficacia a la obtención de las autorizaciones administrativas preceptivas.

La fusión se realiza de conformidad con lo establecido en el artículo 49 LME por remisión del artículo 52 LME, al tratarse de fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas de forma directa por el mismo socio. En consecuencia, no resultan necesarios para esta fusión: (i) los informes de administradores y de expertos sobre el proyecto de fusión. (ii) la inclusión en el proyecto de fusión de las menciones 2, 6, 9 y 10 del artículo 31 LME; ni (iii) el aumento de capital en la sociedad absorbente.

Las operaciones de la sociedad absorbida se considerarán realizadas por cuenta de la sociedad absorbente, a efectos contables, a partir del día 1 enero de 2016, fecha posterior al día en que ambas entidades se incorporaron al mismo grupo.

MAPFRE AMÉRICA, S.A. cambiará su denominación por la de MAPFRE INTERNACIONAL, S.A.

La fecha de las cuentas de las sociedades que se fusionan utilizadas para establecer las condiciones de la fusión han sido las cerradas a 31 de diciembre de 2015.

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 LME, se hace constar que los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión tienen derecho a obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de fusión. Asimismo, los acreedores de las sociedades participantes en la fusión que se encuentren en alguno de los supuestos previstos en el artículo 44 LME tienen derecho a oponerse al acuerdo de fusión dentro del plazo de un mes a contar desde la publicación del último de los anuncios de fusión.

Madrid, 15 de septiembre de 2016.- Rocío Peña Echarri, Secretaria del Consejo de Administración de MAPFRE AMÉRICA, Sociedad Anónima y de MAPFRE INTERNACIONAL, Sociedad Anónima.

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