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Documento BORME-C-2016-9877

NATUREX INDUSTRIAL 2013, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
NATUREX SPAIN, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 215, páginas 11451 a 11451 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-9877

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles ("LME"), y de conformidad con el procedimiento de fusión regulado en el Capítulo I del Título II de la LME, se hace pública la decisión del Socio Único de Naturex Industrial 2013, S.L.U. y de Naturex Spain, S.L.U., adoptada el 31 de octubre de 2016, por la que se aprobó la fusión por absorción de Naturex Spain, S.L.U. (Sociedad Absorbida) por parte de Naturex Industrial 2013, S.L.U. (Sociedad Absorbente).

Se hace saber que la fusión se ajusta estrictamente a los términos del proyecto común de fusión por absorción, redactado y suscrito por la Sociedad Absorbente y la Sociedad Absorbida.

Como consecuencia de la fusión, se producirá la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, Naturex Spain, S.L.U., y la Sociedad Absorbente adquirirá en bloque, como sucesora universal, el patrimonio de la Sociedad Absorbida, quedando la Sociedad Absorbente subrogada en todos los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida, en los términos establecidos en el proyecto común de fusión por absorción.

Dado que tanto la Sociedad Absorbida como la Sociedad Absorbente están íntegramente participadas por el mismo Socio Único, la fusión tiene el carácter especial de asimilada a la absorción de sociedad íntegramente participada, de conformidad con lo previsto en el artículo 52.1 de la LME en relación con el artículo 49.1 de la citada Ley.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la LME se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores, tanto de la Sociedad Absorbida como la Sociedad Absorbente, de obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión y los balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de las sociedades.

Asimismo, se hace constar de forma expresa el derecho de oposición que, durante el plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión por absorción, asiste a los acreedores de la Sociedad Absorbente y de la Sociedad Absorbida en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.

En Quart de Poblet, 8 de noviembre de 2016.- El Administrador Único de Naturex Industrial 2013, S.L.U. y el Administrador Único de Naturex Spain, S.L.U.

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