En cumplimiento de lo previsto en el artículo 43.1 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (la "Ley"), se hace público que el día 30 de noviembre de 2017, el Socio Único de Construcciones Mecánicas José Lazpiur, Sociedad Limitada Unipersonal (la "Sociedad Absorbente") y de Malaz Inmobiliaria, Sociedad Limitada Unipersonal (la "Sociedad Absorbida") aprobó la fusión por absorción de esta última por Construcciones Mecánicas José Lazpiur, Sociedad Limitada Unipersonal.
Asiste al Socio Único, a los acreedores y a los representantes de los trabajadores de la Sociedad Absorbida y de la Sociedad Absorbente el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión y a los acreedores de cada una de dichas sociedades el derecho a oponerse a la fusión, todo ello en los términos de los artículos 43.1 y 44 de la Ley.
Bergara, 26 de diciembre de 2017.- Doña Jone Lazpiur Elcoroberecibar, Administradora Única de Malaz Inmobiliaria, S.L.U. y persona física representante de Grupo J. Lazpiur, S.L., Administradora Única de Construcciones Mecánicas José Lazpiur, S.L.U.
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