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Documento BORME-C-2017-1204

PROALBO, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
CONSTRUCCIONES HERMANOS FERRER, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 51, páginas 1422 a 1422 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-1204

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de Proalbo, S.L. (sociedad absorbente), acordó el día 6 de marzo de 2017, aprobar la fusión por absorción de Construcciones Hermanos Ferrer, S.L. (sociedad absorbida), participada por los mismos socios con los mismos porcentajes de titularidad, mediante la extinción sin liquidación, con la transmisión en bloque y a título universal de su patrimonio social a Proalbo, S.L., como sociedad absorbente, la cual quedará subrogada en la titularidad de todos los derechos y obligaciones de la sociedad absorbida, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de la Sociedades Mercantiles. Ambas sociedades están íntegramente participadas por los mismos socios y con los mismos porcentajes de participación.

El acuerdo de fusión fue adoptado conforme al PROYECTO COMÚN DE FUSIÓN POR ABSORCIÓN, redactado y suscrito con fecha 21 de febrero de 2017 por los Administradores Solidarios (sociedad absorbente) y el Administrador Único de Construcciones Hermanos Ferrer, S.L. (sociedad absorbida).

A los efectos de lo previsto en el referido precepto se hace constar lo siguiente:

1.- El derecho que corresponde a los accionistas de Proalbo, S.L. (sociedad absorbente), y a los acreedores de ambas sociedades, absorbida y absorbente, a examinar en el domicilio social los siguientes documentos: (i) el proyecto común de fusión, (ii) las cuentas anuales y (iii) los balances de fusión de cada una de las sociedades que participan en la fusión, derecho que se extiende a obtener la entrega o envío gratuito del texto íntegro de los mismos.

2.- El derecho de los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a oponerse a la fusión en el plazo de un mes desde la publicación del presente proyecto de fusión en los términos establecidos en el artículo 44 de la citada LME.

Almazora, 6 de marzo de 2017.- Los Administradores Solidarios.

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