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Documento BORME-C-2017-1909

SECNA NATURAL INGREDIENTS GROUP, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
EURO NATURAL COLOR, S.L.
EURO GAMMA, S.P.A., UNIPERSONAL
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 69, páginas 2306 a 2306 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-1909

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que la Junta general extraordinaria de socios de Secna Natural Ingredients Group, S.L. (la "Sociedad absorbente"), celebrada con fecha 8 de febrero de 2017, la Junta general extraordinaria de socios de Euro Natural Color, S.L. ("Enco") celebrada con fecha 8 de febrero de 2017, y la Junta general extraordinaria de socios de Euro Gamma, S.P.A. Unipersonal ("Euro Gamma" y, conjuntamente con Enco, las "Sociedades absorbidas") celebrada con fecha 23 de diciembre de 2016, han aprobado, en calidad de Sociedad absorbente y Sociedades absorbidas (las "Sociedades a Fusionar"), respectivamente, la fusión por absorción de las Sociedades absorbidas por la Sociedad absorbente en los términos establecidos en el proyecto común de fusión depositado con fecha 14 de octubre de 2016, en el Registro Mercantil de Valencia y con fecha 21 de octubre de 2016, en el Registro Mercantil de Milán.

La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de las Sociedades absorbidas a la Sociedad absorbente, la atribución de participaciones de la Sociedad absorbente a los socios de Enco (puesto que el socio único de Euro Gamma es la Sociedad absorbente) y la disolución sin liquidación de las Sociedades absorbidas, circunstancia que conllevará la extinción de las mismas.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las Sociedades a Fusionar de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos Balances de fusión.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades a Fusionar de oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Por último, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66.2 LME, se hace constar que los acreedores y, cuando proceda, los socios de las Sociedades a Fusionar podrán ejercitar sus derechos en las condiciones establecidas en la normativa que en cada caso les resulte de aplicación, siendo la dirección donde pueden obtenerse, sin gastos, una información exhaustiva sobre dichas condiciones de ejercicio de sus derechos la siguiente: Polígono 33, Parcela 254, "El Muladar", 46370 Chiva, Valencia.

Chiva (Valencia), 5 de abril de 2017.- Corpfin Capital Consejeros II, S.L., Presidente del Consejo de Administración de Secna Natural Ingredients Group, S.L. y de Euro Natural Color, S.L., debidamente representada por don Alberto Curto Izquierdo; y don Alberto Curto Izquierdo como Presidente del Consejo de Administración de Euro Gamma, S.p.A. Unipersonal.

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