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De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 43 y 73 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, LME), se hace público que los socios de la entidad mercantil Larragay Anso, S.L. acordaron, por unanimidad, en Junta General Extraordinaria y Universal de fecha 23 de marzo de 2017, aprobar la escisión total de la misma mediante la división de su patrimonio en dos partes, para el traspaso en bloque de cada una de ellas a favor de las sociedades Los Llanos de Pablo, S.L. y Agropecuaria Larragay, S.L., respectivamente. Todo ello previa extinción de la sociedad objeto de escisión total, adquiriendo las sociedades beneficiarias por sucesión universal la totalidad de los derechos y obligaciones integrantes de la parte del patrimonio escindido que respectivamente se les ha atribuido, en los términos y condiciones del Proyecto de Escisión suscrito por los Órganos de Administración de todas las sociedades intervinientes.
Se advierte expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de la sociedad escindida a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el Balance de escisión, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores en el plazo de un mes desde la publicación del último anuncio de escisión, todo ello conforme a los artículos 43 y 44 de la citada LME.
Zaragoza, 23 de marzo de 2017.- El Administrador Solidario de Larragay Anso, S.L., Javier Palacios Larragay.
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