A los efectos del artículo 319 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de accionistas de C-15, S.A., celebrada el pasado 29 de junio de 2016, acordó reducir el capital social en 127.000 euros, desde la cifra de 4.047.000 euros a la cifra de 3.920.000 euros, mediante la amortización de 127 acciones que posee la sociedad en autocartera con un valor nominal de 1.000 euros cada una, y que fueron adquiridas en base a lo autorizado en su momento por la Junta general de accionistas, todo ello mediante la adopción por unanimidad del siguiente acuerdo de reducción de capital social que a continuación se transcribe:
La sociedad es titular de 127 acciones, las números 2.294 a 2.420 ambas inclusive. Dichas acciones fueron adquiridas para su autocartera mediante acuerdo de la Junta General de fecha 22 de diciembre de 2007 y escritura pública de compraventa otorgada ante el Notario de Madrid Don Luis Sanz Rodero el día 22 de diciembre de 2007, con el número 5.033 de su protocolo.
De conformidad con lo dispuesto en el art. 286 de la Ley de Sociedades de Capital sobre justificación de la reducción de capital social por amortización de autocartera, el Órgano de administración propone a la Junta General de accionistas una reducción del capital social en 127.000 euros desde la cifra de 4.047.000 euros a 3.920.000 euros, mediante la amortización de 127 acciones que posee la sociedad en autocartera, cuyas numeraciones son las señaladas con anterioridad, las números 2.294 a 2.420 ambas inclusive y que fueron adquiridas en base a lo autorizado en su momento por la Junta General de accionistas de 22 de diciembre de 2007.
La reducción no entraña devolución de aportaciones por ser la propia Sociedad la titular de las acciones amortizadas. Por tanto la finalidad de la mencionada reducción será amortizar acciones propias por imperativo legal ya que se ha detentado la autocartera en exceso de tiempo.
Por la diferencia entre el importe total pagado en la adquisición y el nominal de las acciones adquiridas se procederá a disminuir la Reserva Legal específica para acciones propias en la cuantía de 329.250,06 euros.
La reducción del capital social mediante la amortización de acciones propias, se efectúa sin exclusión del derecho de oposición de acreedores. Los acreedores de la sociedad tendrán el derecho de oponerse a la reducción en los términos y plazo previstos en los artículos 334, 335 y 336 de la Ley de Sociedades de Capital.
El plazo de ejecución de la reducción se establece en un máximo de UN AÑO, para elevar a público los presentes acuerdos y la presentación en el Registro Mercantil de Madrid de la correspondiente escritura pública para su inscripción.
El acuerdo de reducción del capital será publicado en el "Boletín Oficial del Registro Mercantil" y en un periódico de gran circulación en la Comunidad Autónoma de Madrid.
Se propone a la Junta General que faculte al Administrador Único para la ejecución del presente acuerdo propuesto, pudiendo determinar aquellos extremos que no hayan sido fijados expresamente en el presente acuerdo.
Se somete a votación la reducción de capital social por amortización de acciones propias en las condiciones expuestas, aprobándose por unanimidad de los asistentes presentes en la Junta General que representan la totalidad de los accionistas afectados.
Madrid, 29 de junio de 2016.- El Administrador Único, José Carlos Rodríguez Pérez.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid