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Documento BORME-C-2017-2153

SOLAR DEL VALLE, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
SOLAR DEL VALLE INGENIERIA E INSTALACIONES, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 73, páginas 2578 a 2578 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-2153

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 43 y 73 de la Ley 3/2009 de Modificaciones Estructurales, se hace público que la Junta General Universal Extraordinaria de "SOLAR DEL VALLE, S.L.", aprobó, en reunión celebrada el 21 de marzo de 2017, la escisión parcial de dicha Sociedad, en virtud de la cual se escinde parte de su patrimonio, sin extinción de la misma, traspasándolo en bloque a otra sociedad de nueva creación, con la denominación de "SOLAR DEL VALLE INGENIERÍA E INSTALACIONES S.L.", y atribuyendo las participaciones de esta nueva sociedad a los socios de la escindida en proporción a su respectiva participación en el capital de la entidad que se escinde.

La escisión se acordó sobre la base del Proyecto de Escisión Parcial suscrito por el Administrador Único de la Sociedad y depositado en el Registro Mercantil de Córdoba, y al Balance de Escisión cerrado a 30 de noviembre de 2016.

Como consecuencia de la escisión parcial acordada se procederá en SOLAR DEL VALLE, S.L. a una reducción de capital por importe de 12.051,61 euros, fijando el nuevo capital en la suma de 18.000€, dividido en 5.000 participaciones sociales de 3,6€ de valor nominal cada una, y la consiguiente modificación del artículo 5 de sus Estatutos.

A estos efectos, se hace constar, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley de Modificaciones Estructurales, el derecho que asiste a los socios y acreedores a obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión adoptado y del balance de escisión

Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores a oponerse a la escisión parcial acordada, mientras no se les garanticen sus créditos, mediante comunicación escrita a la sociedad, en el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio de escisión, en los términos previstos en el artículo 44 de la misma norma.

Pozoblanco, 30 de marzo de 2017.- El Administrador Único, José Carlos García Caballero.

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