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Documento BORME-C-2017-2419

SERVIDEL, S.L.U.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
SERVIDEL TOURIST RENTAL, S.L.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 78, páginas 2883 a 2883 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-2419

TEXTO

Anuncio de Escisión Parcial

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales (LMEE), por remisión expresa del artículo 73 del mismo texto legal, se hace público que en fecha 6 de abril de 2017, la sociedad SERVIDEL, S.L.U. celebró una Junta Universal en la que por decisión del Socio Único, se aprobó la escisión parcial sin extinción de SERVIDEL, S.L.U. a favor de la sociedad de nueva creación SERVIDEL TOURIST RENTAL, S.L.U.

La escisión parcial implicará la transmisión en bloque, por sucesión universal de la parte del patrimonio que constituye la rama de actividad referente al negocio de arrendamientos y explotación de alojamientos turísticos de la sociedad escindida a favor de la sociedad beneficiaria de nueva creación, recibiendo el Socio Único de la sociedad escindida la totalidad de las participaciones de la sociedad beneficiaria de nueva creación, en los términos del proyecto de escisión parcial de SERVIDEL, S.L.U. aprobado en fecha 6 de abril de 2017.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 78 bis LME, la escisión parcial se realizará sin necesidad del informe de experto independiente, ni el informe de los administradores, ni el balance de escisión. No obstante, se hace constar que el proyecto de escisión parcial aprobado incluye el listado de los elementos de activo y pasivo que componen la unidad de negocio que se escinde a favor de la sociedad beneficiaria de nueva creación.

El acuerdo de escisión parcial ha sido aprobado por el Socio Único de SERVIDEL, S.L.U. en Junta Universal y por unanimidad, según prevé el artículo 42 de la LME, por lo que no es necesario la publicación o el depósito previo del proyecto de escisión parcial. Ello no obstante, el proyecto de escisión y los demás documentos e información a que se refiere el artículo 39 de la LME, se han puesto a disposición del socio y de los representantes de los trabajadores para su examen en el domicilio social de SERVIDEL, S.L.U., o se les entregará a su solicitud.

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar el derecho que asiste al socio y acreedores de solicitar y obtener el texto íntegro del acuerdo de escisión parcial aprobado. Asimismo, se hace constar expresamente el derecho de oposición a la escisión que asiste a los acreedores de las sociedades participantes, cuyo crédito haya nacido antes de la fecha de publicación del acuerdo de escisión parcial, dentro del plazo de un mes, a contar desde la última publicación del último anuncio del acuerdo de escisión parcial, en los términos previstos en los artículos 43 y 44 de la LME.

Deltebre, 21 de abril de 2017.- Juan Guillén Guillén, Administrador único.

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