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Por acuerdo del Consejo de Administración, se convoca Junta General Ordinaria de accionistas en primera convocatoria, a las 12 horas del Viernes 2 de Junio de 2017, en el domicilio social (a estos efectos: Salón de Actos de la CONFEDERACIÓN DE EMPRESARIOS DE NAVARRA, c/ Dr. Huarte 3, esquina Navarro Villoslada, Pamplona, según lo establecido en el artículo 3º de los estatutos de la sociedad que dicta "A los exclusivos efectos de la determinación del espacio físico en el que deba tener lugar la celebración de las Juntas Generales, dada la imposibilidad actual de celebrarlas en el propio término municipal, por inexistencia de locales de amplitud adecuada al número previsible de asistentes, se permite que las mismas puedan celebrarse en un radio de cinco kilómetros, incluyendo siempre, como referencia legal al lugar de celebración la expresión en el domicilio social [...]" y según acuerdo del Consejo de Administración de 24 de abril de 2017 en el que se justifica la necesidad de celebrar la Junta General, fuera del domicilio social.), con el objeto de tratar los siguientes temas que constituyen el
Orden del día
Primero.- Informe de Presidencia.
Segundo.- Examen y aprobación, en su caso, de las Cuentas Anuales y Propuesta de aplicación del resultado de AVANCO SOCIEDAD ANÓNIMA DE GESTIÓN INMOBILIARIA, referido al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2016.
Tercero.- Aprobación, si procede, de la gestión del Órgano de Administración durante el ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2016.
Cuarto.- Autorización al Consejo de Administración para que, dentro de los límites legales, adquiera acciones de la sociedad.
Quinto.- Determinación del valor neto corregido de las acciones de AVANCO, S.A.
Sexto.- Modificación del artículo 8 "Transmisión de Acciones". Se propone modificar el artículo 8.5 de los Estatutos Sociales, que en adelante tendrá la siguiente redacción literal: Artículo 8.5: En cualquier otro caso de transmisión de acciones, por actos inter vivos o mortis causa, a título oneroso o gratuito, se observarán los siguientes requisitos: El accionista que se proponga transmitir sus acciones o alguna de ellas, deberá comunicarlo a los administradores, indicando las características de la oferta: posible comprador, numeración de las acciones, precio y forma de pago. En el caso de transmisión onerosa, la sociedad podrá optar a la adquisición de las acciones al precio que resulte inferior entre el valor neto corregido aprobado en la última Junta General o al precio ofrecido por el adquirente y comunicado al órgano de administración. Para ello dispondrá del plazo de sesenta días naturales siguientes a la fecha de comunicación. Si la Sociedad desistiera de adquirir dichas acciones, los administradores, en el plazo de diez días naturales, deberán comunicarlo a todos y cada uno de los demás accionistas en su domicilio. Dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de comunicación a los accionistas, podrán éstos optar a la adquisición de las acciones según el criterio de precio expuesto anteriormente, y si fueren varios los que ejercitaren tal derecho, se distribuirá entre ellos a prorrata de las acciones que posean, atribuyéndose en su caso los excedentes de la división al optante titular de mayor número de acciones. En cualquiera de estos casos de adquisición preferente el plazo de pago será similar al de la oferta inicial y como mínimo de treinta días. Finalizados estos plazos sin que la sociedad ni sus accionistas hayan hecho uso del derecho preferente de adquisición, el accionista quedará libre para transmitir sus acciones siempre que dicha transmisión tenga lugar dentro de los dos meses siguientes a la terminación del plazo indicado. Idéntico régimen se aplicará en el caso de adquisición en procedimiento judicial, extrajudicial o administrativo de ejecución, iniciándose el cómputo de los plazos desde el momento en el que el rematante o el adjudicatario comunique la adquisición al órgano de administración. En el caso de transmisión gratuita el precio de compra para el ejercicio del derecho preferente será el del valor neto corregido aprobado en la última Junta General. Los herederos o legatarios y, en su caso los donatarios, comunicarán la adquisición al órgano de administración, aplicándose a partir de ese momento las reglas de los apartados anteriores en cuanto a plazos de ejercicio del derecho y forma de pago; transcurridos dichos plazos sin que la sociedad o sus accionistas hayan manifestado su propósito de adquirir, se procederá a la oportuna inscripción de la transmisión en el Libro registro de acciones.
Séptimo.- Modificación del artículo 16 "Clases de consejeros, nombramiento, duración y reelección". Se propone modificar el artículo 16.4 de los Estatutos Sociales, que en adelante tendrá la siguiente redacción literal: Artículo 16.4: Todos los consejeros ejercerán el cargo durante el plazo de seis años, pudiendo ser reelegidos los consejeros dominicales o ejecutivos, una o más veces, por periodos de igual duración. Los consejeros independientes no podrán ser reelegidos para periodos sucesivos.
Octavo.- Facultar al Presidente y Secretario de la Sociedad para que, indistintamente, comparezcan ante Notario y eleven a público los acuerdos adoptados con facultades de subsanación, en su caso.
Noveno.- Ruegos y preguntas.
Décimo.- Redacción, lectura y aprobación del acta de la Junta.
De conformidad con la normativa vigente, a partir de la presente convocatoria, cualquier accionista podrá obtener de la Sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la Junta General así como el Informe de Gestión, el informe de Auditores de Cuentas, el Informe de los Administradores sobre las modificaciones Estatutarias propuestas y cualquier otro legalmente previsto.
Artica, 25 de abril de 2017.- El Secretario del Consejo de Administración, Julio Acinas García.
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